Bolivia: Ley Nº 3161, 26 de agosto de 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 59º, atribución 7º de la Constitución Política del Estado, se autoriza a la Empresa Nacional de Ferrocarriles, a nombre del Estado, la transferencia, a título oneroso, del lote de terrno de 4.843, 36 metros cuadrados, ubicado entre la avenida Buenos Airesy la calle Garcilazo de la Vega de la zona 14 de septiembre de la ciudad de La Paz, cuyas colindancias son: al norte con el acceso al Centro de Especialidades de la Caja Nacional de Salud - CNS, con una longitud de 59, 57 ml., y con un espacio fisico del mismo nosocomio, con una longitud de 13, 99 ml., al sur con la calle Garcilazo de la Vega, con una longitud de 62, 49 ml., y con la Escuela “Esteban Arce”, con una longitud de 23, 24 ml., al este con el Centro de Especialidades CNS, con una longitud de 74, 18 ml., al oeste con la Avenida Buenos Aires, con una longitud de 42, 09 ml., y con la Escuela “Esteban Arce”, con una longitud de 38, 80 ml. en favor de los 464 accionistas de 462 casetas que están contemplados en el Acta de Sorteo de Kioscos de la Asociación de Comerciantes Minoristas en Artículos Varios de la Calle Garcilazo de la Vega, que figura en la Escritura Pública Nº 1733/2001 otorgada por la Notaría de Fe Pública Nº 77.
La Empresa Nacional de Ferrocarriles, otorgará las correspondientes minutas de transferencia a título individual corriendo por cuenta de los beneficiarios los gastos administrativos que éstas demanden.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los tres días del mes de agosto de dos mil cinco años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Mario Cossio Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledezma, Erick Reyes Villa B., Ernesto Poppe Murillo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de agosto de dos mil cinco años.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 3161, 26 de agosto de 2005
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza a ENFE, la transferencia, del lote de terreno, ubicado entre la avenida Buenos Aires y la calle Garcilazo de la Vega de la zona 14 de Septiembre de la ciudad de La Paz, en favor de los 464 accionistas de 462 casetas que están contemplados en el Acta de Sorteo de Kioscos de la Asociación de Comerciantes Minoristas en Artículos Varios de la Calle Garcilazo de la Vega
KeywordsLey, agosto/2005
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=3161
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Mario Cossio Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Gonzalo Chirveches Ledezma, Erick Reyes Villa B., Ernesto Poppe Murillo.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20040413] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2004, 13 de abril de 2004
Constitución Política del Estado de 2004

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