Bolivia: Ley Nº 2885, 18 de octubre de 2004

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad a lo establecido por el Artículo 59°, atribución 5º y 7º, de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo Nº 7214-BO, suscrito el 21 de mayo de 2004, entre la República de Bolivia y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - Banco Mundial por la suma de hasta QUINCE MILLONES DE DOLARES AMERICANOS ($us. 15.000.000.-), destinado a financiar el Programa de Ajuste para la Reestructuración Bancaria y Corporativa a través de la otorgación de créditos directos y créditos subordinados que podrán ser capitalizados.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los treinta días del mes de septiembre de dos mil cuatro años.
Sen. Mario Diego Justiniano Aponte Dr. Mario Cossío Cortez
PRESIDENTE EN EJERCICIO PRESIDENTE
HONORABLE SENADO NACIONAL HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de octubre de dos mil cuatro años

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 2885, 18 de octubre de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioApruébase el Contrato de Préstamo N° 7214-BO, suscrito con el B1RF, por Sus. 15.000.000.-, (Programa de Ajuste para la Reestructuración Bancaria y Corporativa)
KeywordsLey, octubre/2004
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2885
Referencias0001-4031.lexml
Creador
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20040413] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2004, 13 de abril de 2004
Constitución Política del Estado de 2004

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