Bolivia: Ley Nº 275, 16 de diciembre de 1963

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Autorízase al Ministerio de Defensa Nacional para transferir, a título gratuito, un lote de terreno situado en la esquina formada pro las calles Venezuela y Germán Urquidi de la ciudad de Cochabamba, con una extensión de 2.202.72 metros cuadrados, a favor de la Unión de Militares Jubilados de ese Departamento y con objeto de que construyan su sede social, con exoneración de todo impuesto.

Artículo 2°.- El señor Ministro de Defensa Nacional, Contraloría General de la República y Fiscal de Gobierno, suscribirán la correspondiente escritura de transferencia a nombre del Estado.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 3 de diciembre de 1963.
Fdo. Adrián Barrenechea, Presidente del H. Senado Nacional; Juan Sanjinés Ovando, Presidente de la Cámara de Diputados; Ismael Olivares, Senador Secretario; Octavio Rivadeneira, Senador Secretario; Germán Claros, Diputado Secretario; Jesús Suárez, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los diez y seis días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y tres años.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 275, 16 de diciembre de 1963
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutoriza al Ministerio de defensa nacional, transferir a título gratuito un lote de terreno situado en la esquina Venezuela y Germán Urquidi de Cochabamba, con una extensión de 2.202,72 m2. A favor de la unión de militares jubilados de ese Departamento y con objeto de que construyan su sede social, con exoneración de todo impuesto
KeywordsLey, diciembre/1963
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=275
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Adrián Barrenechea, Presidente del H. Senado Nacional; Juan Sanjinés Ovando, Presidente de la Cámara de Diputados; Ismael Olivares, Senador Secretario; Octavio Rivadeneira, Senador Secretario; Germán Claros, Diputado Secretario; Jesús Suárez, Diputado Secretario.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.