Bolivia: Ley Nº 2634, 5 de marzo de 2004

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- De conformidad con lo establecido por el Artículo 59°, atribución 7a, de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Poder Ejecutivo, a través de la Empresa Metalúrgica Vinto la transferencia, a título oneroso, y de acuerdo al Convenio definitivo suscrito en fecha 2 de diciembre de 1998, entre el Viceministro de Minería y Metalurgia, el Presidente Ejecutivo de la Empresa Metalúrgica Vinto y el Sindicato Mixto de Trabajadores Metalurgistas, del ex Fundo Ingavi de Propiedad de la ex Empresa Nacional de Fundición (ENAF), con una extensión superficial de 15 hectáreas, ubicado en el Municipio de Viacha, Primera Sección de la Provincia Ingavi del Departamento de La Paz, con Título Ejecutorial Nº 664137 expedido mediante Resolución Suprema Nº 139841 de 2 de agosto de 1967 y registrado en las oficinas de Derechos Reales bajo la Partida Nº 268, Fojas 268 del Libro 37, de fecha 20 de mayo de 1976, en favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Vinto Ltda.” y con destino a la construcción de viviendas sociales.

Artículo 2°.- Serán beneficiarios de la transferencia únicamente los que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Que haya sido ex trabajador de la Empresa Metalúrgica Vinto y que sea asociado de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “Vinto Ltda.”.
  2. No haber sido beneficiado anteriormente con casa o lote de terreno mediante FONVIS.

Artículo 3°.- El procedimiento administrativo de la transferencia estará sujeto a lo previsto en el Decreto Supremo Nº 25964 sobre Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional a los doce días del mes de febrero de dos mil cuatro años.
Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Osear Arrien Sandóval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Juan Luis Choque Armijo, Roberto Fernández Orosco, Femando Rodríguez Calvo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de marzo de dos mil cuatro años.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Xavier Nogales Iturri, Alvaro Ríos Roca.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 2634, 5 de marzo de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza al Poder Ejecutivo, a través de la Empresa Metalúrgica Vinto la transferencia, del ex Fundo Ingavi de Propiedad de la ex Empresa Nacional de Fundición (ENAF), con una extensión superficial de 15 hectáreas, ubicado en el municipio de Viacha, Primera Sección de la Provincia Ingavi del Departamento de La Paz, a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito "Vinto Ltda."
KeywordsLey, marzo/2004
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2634
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Osear Arrien Sandóval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Juan Luis Choque Armijo, Roberto Fernández Orosco, Femando Rodríguez Calvo. Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Xavier Nogales Iturri, Alvaro Ríos Roca.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.