Bolivia: Ley Nº 2502, 11 de agosto de 2003

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- De conformidad a lo establecido por el Artículo 59°, atribución 7º, de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Gobierno Municipal de la ciudad de Sucre transferir, a título oneroso, cl lote de terreno de 5.175.00 m2, ubicado en la zona de San Juanillo, entre las calles Haití, Uruguay y República Dominicana, en favor de cada uno de los miembros de la Asociación de Comerciantes Minoristas del Mercado CANADA.

Artículo 2°.- El precio del terreno deberá ser real y comercial, de acuerdo al avalúo realizado por la Sociedad de Ingenieros de Bolivia, Filial Chuquisaca, y el Colegio Departamental de Arquitectos, observando las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios del sector público vigente.

Artículo 3°.- Los recursos económicos obtenidos por la transferencia del inmueble, deberán ser destinados a inversiones en el marco del Plan de Desarrollo Municipal, no pudiendo dársele otro destino.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciséis días del mes de julio de dos mil tres años.
Fdo. Mirtha Quevedo Acalinovic, Guido Añez Moscoso, Enrique Urquidi Hodgkinson, Gonzalo Chirveches Ledezma, Adolfo Añez Ferreira, Marlene Fernández del Granado.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de agosto de dos mil tres años.
Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, José Guillermo Justiniano Sandoval, Javier Comboni Salinas, Mirtha Quevedo Acalinovic.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 2502, 11 de agosto de 2003
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza al Gobierno Municipal de la ciudad de Sucre transferir, el lote de terreno de 5.175.00m2, ubicado en la zona de San Juanillo, entre las calles Haití, Uruguay y República Dominicana, a favor de la Asociación de Comerciantes Minoristas del Mercado Canadá
KeywordsLey, agosto/2003
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2502
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Mirtha Quevedo Acalinovic, Guido Añez Moscoso, Enrique Urquidi Hodgkinson, Gonzalo Chirveches Ledezma, Adolfo Añez Ferreira, Marlene Fernández del Granado. Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, José Guillermo Justiniano Sandoval, Javier Comboni Salinas, Mirtha Quevedo Acalinovic.
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PublicadorDeveNet.net

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Abrogada por

[BO-L-3696] Bolivia: Ley Nº 3696, 4 de junio de 2007
Autoriza al Gobierno Municipal de Sucre la transferencia, a título gratuito, de un bien inmueble de su propiedad, con una extensión superficial de 5.175 m2, ubicado en la zona de San Juanillo de la ciudad de Sucre, entre las calles Haití, Uruguay y República Dominicana, inscrito en las oficinas de Derechos Reales bajo el folio real N° 1.01.1.99.0013915, a favor de cada uno de los miembros afiliados de la Asociación de Comerciantes Minoristas del Mercado Canadá y de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 168/04 de 15 de noviembre de 2004 y las disposiciones legales en vigencia

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994

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