Bolivia: Ley Nº 2311, 20 de diciembre de 2001

JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Se dispone que el Poder Ejecutivo realice acciones para dotar a los pueblos indígenas de las comunidades de Qaqachacas, Laimes, Jucumanis, Pocoatas y Norte Condo, correspondientes a los Departamentos de Oruro y Potosí, los siguientes documentos:

  1. Certificado de Nacimiento.
  2. Cédula de Identidad.

Artículo 2°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo, financiar o buscar financiamiento, para que la concesión de dichos documentos no tenga costo para los beneficiarios.

Artículo 3°.- La Corte Nacional Electoral, buscará todas las facilidades procedímentales para que se cumpla el objetivo de la presente Ley.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de diciembre de dos mil un años.
Fdo. Mario Paz Zamora, Luis ángel Vásquez Villamor, Wilson Lora Espada, Félix Alanoca Gonzáles, Fernando Rodríguez Calvo, Juan Huanca Colque.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de diciembre de dos mil un años.
Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, José Luis Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira, Jacques Trigo Loubiere, Mario Serrate Ruiz, Wigberto Rivero Pinto,.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 2311, 20 de diciembre de 2001
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe dispone que el Poder Ejecutivo extienda Certificado de Nacimiento y Cédula de Identidad a los pueblos indígenas de las comunidades de Qaqachacas, Laimes, Jucumanis, Pocoatas y Norte Condo, correspondientes a los Departamentos de Oruro y Potosí
KeywordsLey, diciembre/2001
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=2311
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Mario Paz Zamora, Luis ángel Vásquez Villamor, Wilson Lora Espada, Félix Alanoca Gonzáles, Fernando Rodríguez Calvo, Juan Huanca Colque. Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, José Luis Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira, Jacques Trigo Loubiere, Mario Serrate Ruiz, Wigberto Rivero Pinto,.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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Referencias a esta norma

[BO-DS-27978] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27978, 14 de enero de 2005
Se autoriza que el Ministerio de Gobierno, de llevar adelante el proceso de contratación de los servicios de emisión de cedulas de identidad, licencias de conducir y pasaportes.

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