Artículo 1°.- Declárase de necesidad y utilidad pública la expropiación del inmueble perteneciente a la familia Soliz Tostain situado en la calle "Jordán", entre "San Martín" y "Lanza" de la ciudad de Cochabamba, para la ampliación de la edificación del Palacio de Justicia.

Artículo 2°.- La Prefectura del Departamento de Cochabamba, se encargará del trámite de expropiación en conformidad a las disposiciones de la Ley de 30 de diciembre de 1884.

Artículo 3°.- El monto de la indemnización se abonará con la participación del 33% sobre la venta del papel sellado, timbres y otros valores, y los que tuvieren en cuenta especial en la Agencia del Banco Central de Bolivia en Cochabamba.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 18 de diciembre de 1957
Federico Alvarez Plata, Presidente del H. Senado Nacional.- Hugo López Avila, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Mario Olaguivel, Senador Secretario.- Arturo Fortún, Senador Secretario.- Carlos Guzmán, Diputado Secretario.- Félix Mujica, Diputado Secretario.
Por tanto: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz a los veinticuatro días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenta y siete años.
(Fdo. ) HERNAN SILES ZUAZO.--- Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 24 de diciembre de 1957
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDeclárase de necesidad y utilidad pública
KeywordsLey, diciembre/1957
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorFederico Alvarez Plata, Presidente del H. Senado Nacional.- Hugo López Avila, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Mario Olaguivel, Senador Secretario.- Arturo Fortún, Senador Secretario.- Carlos Guzmán, Diputado Secretario.- Félix Mujica, Diputado Secretario. (Fdo. ) HERNAN SILES ZUAZO.--- Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.