Artículo 1°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo a contraer un Empréstito en cualquiera de la instituciones de crédito del país, por la cantidad de Un millón quinientos mil bolivianos para las siguientes obras publicas en las provincias Warnes y Obispo Santisteban del Departamento de Santa Cruz:

a) Para la terminación del servicio de aguas potables de WarnesBs. 200.000.-
b) Para terminar la construcción de los edificios escolares en la misma capital Warnes" 200.000.-- -
c) Para la edificación de un local para oficinas fiscales en Warnes" 200.000.-- -
d) Para instalar el servicio de alumbrado eléctrico en Montero" 450.000.-- -
e) Para edificar un local para las oficinas fiscales en Montero" 200.000.-- -
f) Para instalar servicio de alumbrado eléctrico en General Saavedra" 250.000.-- -

Artículo 2°.- Como garantía de este empréstito y para el servicio de intereses y amortizaciones, se destina los recursos creados por Ley de 21 de noviembre de 1940 y un nuevo impuesto adicional de diez centavos por pie cuadrado de madera que se extraiga de las Provincias Warnes y Obispo Santiestevan.

Artículo 3°.- La construcción de las obras publicas señaladas por esta ley, será revisada mediante convocatoria a propuestas por la Junta de Almonedas departamental de la capital Santa Cruz, a cuya orden se depositarán fondos provenientes de este empréstito, en la Agencia del Banco Central de la Capital nombrada.

Artículo 4°.- Derogase toda disposición contraria a la presente ley.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 6 de noviembre de 1947.
M. Urriolagoitia. .- - A. Landivar Ribera.- - M. Mogro Moreno, Senador Secretario.- - N. García Chávez. Senador Secretario ad hoc.- --P. Montaño, Diputado Secretario.- - A. Camacho Porcel, Diputado Secretario.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la Republica. Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y siete años.
E. Hertzog. .- - C. Guachalla.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 4 de diciembre de 1947
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioObras Publicas.-- - Se autoriza al Ejecutivo la contratación de un empréstito para las de la Provincia Obispo Santiesteban.
KeywordsLey, diciembre/1947
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorM. Urriolagoitia. .- - A. Landivar Ribera.- - M. Mogro Moreno, Senador Secretario.- - N. García Chávez. Senador Secretario ad hoc.- --P. Montaño, Diputado Secretario.- - A. Camacho Porcel, Diputado Secretario. E. Hertzog. .- - C. Guachalla.
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