Artículo Único.- Autorízase a la Alcaldía Municipal de Viacha a ceder en propiedad al Club Unión Maestranza de aquella localidad un lote de terreno que posee en la Avenida Ingavi, para que aquella entidad edifique un local apropiado para sus actividades de cultura, debiendo revertir a la Municipalidad en caso de disolución de la merituada entidad obrera.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones de la H. Convención Nacional. La Paz, 22 de diciembre de 1944.
D. Foianini.- G. Monroy Block, Convencional Secretario.- R. Soriano E., Convencional Secretario.- A. Zamorano, Convencional Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de diciembre de 1944 años.
G. Villarroel.- My. A. Quinteros.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 30 de diciembre de 1944
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioTerreno municipal - Autorízase a la Municipalidad de Viacha, ceder en propiedad al Club Unión Maestranza.
KeywordsLey, diciembre/1944
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorD. Foianini.- G. Monroy Block, Convencional Secretario.- R. Soriano E., Convencional Secretario.- A. Zamorano, Convencional Secretario. G. Villarroel.- My. A. Quinteros.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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