Artículo 1°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo para negociar en el Banco Central de Bolivia los siguientes préstamos, destinados a la mejor atención de los Ferrocarriles del Estado. Por $US. 168.519.-- para la adquisición de carbón. Por £. 3.000.- - para compra de dos locomotoras.
Artículo 2°.- Ambas obligaciones devengarán el interés del 4% anual.
Artículo 3°.- Los recursos presupuestados por los Ferrocarriles del Estado y ordinariamente dispuestos en la adquisición de combustible, se destinan a la cancelación del capital e intereses del préstamo de $US. 168.519.-- que se efectuará en el transcurso del año próximo. En la ley Financial de 1943 se consignará la partida necesaria para servir el pago de la segunda obligación.
Norma | Bolivia: Ley de 17 de diciembre de 1942 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Ferrocarriles del Estado.-- Se autoriza al Poder Ejecutivo a negociar dos empréstitos destinados a la atención de aquellos. | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1942 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | Waldo Belmonte Pool.- Roberto Jordán Cuéllar.- J. Quiñtanilla, Senador Secretario.- F. Capriles, Senador Secretario.- E. Monasterio, Diputado Secretario.- Walker Humérez, Diputado Secretario. Gral. Peñaranda.- Joaquín Espada. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.