Artículo Único.- De las sumas que recaude la Municipalidad de Trinidad --durante la gestión económica de 1942-43--, por concepto del impuesto sobre extracción de ganado bovino al Departamento de Santa Cruz, se entregará el diez por ciento a la Junta Municipal de Loreto, con destino al arreglo y ornato de la plaza "Marbán" de esa localidad.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 27 de noviembre de 1941.
A. Galindo.- Jorge Aráoz C.- Gastón Mujía, Senador Secretado.- Julio Céspedes Añez, Senador Secretario.- Carlos Wálter Urquidi, Diputado Secretario.- Adolfo Aponte, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de diciembre de mil novecientos cuarentiun años.
Gral. Peñaranda.- -J. Espada.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 9 de diciembre de 1941
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioMunicipalidad de Trinidad. -- de las sumas que recaude durante la gestión económica de 1942-43 por concepto del impuesto sobre extracción de ganado bovino, entregará el 10 % a la Junta Municipal de Loreto.
KeywordsLey, diciembre/1941
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorA. Galindo.- Jorge Aráoz C.- Gastón Mujía, Senador Secretado.- Julio Céspedes Añez, Senador Secretario.- Carlos Wálter Urquidi, Diputado Secretario.- Adolfo Aponte, Diputado Secretario. Gral. Peñaranda.- -J. Espada.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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