Artículo 1°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo para que por intermedio de la Prefectura de Potosí, contrate un empréstito de treinta mil bolivianos (Bs. 30,000.-- ) para la captación de aguas potables en Pocoata e instalación de luz eléctrica en Colquechaca, fijándose para el servicio de interés y amortización la suma de tres mil bolivianos (Bs. 3,000.-- ) anuales, en el Presupuesto Departamental, con fondos provenientes del impuesto catastral de la Provincia Chayanta.

Artículo 2°.- La ejecución de esta obra correrá a cargo de la Junta compuesta por el Presidente de la Junta Municipal y dos vecinos notables que serán designados por la corporación municipal.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesión del H. Congreso Nacional.
La Paz, a cinco de diciembre de mil novecientos treinta y tres años.
J. L. Tejada S.- F. Tamayo.
B. Navajas Trigo, Senador Secretario.
C. López Arce, Diputado Secretario.
M. Calderón B., Diputado Secretario.
Por tanto, : la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de diciembre de mil novecientos treinta y tres años.
D. Salamanca.- Jn. Espada
Es Conforme:
A, Vera Alvarez, Oficial Mayor de Hacienda.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 9 de diciembre de 1933
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAguas potables en Pocoata.-- Autoriza al Ejecutivo para contratar un préstamo destinado a los trabajos.
KeywordsLey, diciembre/1933
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorJ. L. Tejada S.- F. Tamayo. B. Navajas Trigo, Senador Secretario. C. López Arce, Diputado Secretario. M. Calderón B., Diputado Secretario. D. Salamanca.- Jn. Espada A, Vera Alvarez, Oficial Mayor de Hacienda.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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