Artículo Único.- Se permite que los restos del que fué Excelentísimo Representante de la Santa Sede ante el Gobierno de Bolivia, Internuncio Apostólico, Monseñor Rodolfo Caroli, sean depositados en un mausoleo que será construido en la nueva Catedral de la ciudad de La Paz.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del Congreso Nacional.
La Paz, 18 de noviembre de 1921.
SEVERO F. ALONSO.- M. RIGOBERTO PAREDES.- Antonio L. Velasco, S. Secretario accidental.- M. Mogro
Moreno, D. S.- A. Arce, D. S.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno.- La Paz, a de 20 de noviembre de 1921.
BAUTISTA SAAVEDRA.- Alberto Gutiérrez.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 20 de noviembre de 1921
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioMonseñor Caroli.- Se permite que sus restos sean depositados en la catedral de La Paz.
KeywordsLey, noviembre/1921
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorSEVERO F. ALONSO.- M. RIGOBERTO PAREDES.- Antonio L. Velasco, S. Secretario accidental.- M. Mogro Moreno, D. S.- A. Arce, D. S. BAUTISTA SAAVEDRA.- Alberto Gutiérrez.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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