Artículo 1°.- En el Presupuesto Nacional de 1919, se consignará la suma de siete mil bolivianos, para la adquisición y colocación de una oroya-andarivel sobre el río Guadalquivir, en el punto denominado "Ancón", para facilitar el tráfico entre la ciudad de Tarija y las provincias Méndez, O'Connor y el Gran Chaco, con las provincias Aviles y Arce.

Artículo 2°.- La inversión de esta suma correrá a cargo de una junta ad hoc, compuesta del Subprefecto, Presidente Municipal, Cura Párroco y tres vecinos notables, designados por la Prefectura de Tarija; debiendo la Junta rendir cuenta de los fondos a que se refiere esta ley.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del Congreso Nacional.
La Paz, 17 de diciembre de 1918.
ISMAEL VAZQUEZ.- Carlos Calvo.- Atiliano Aparicio, Senador Secretario.- Octavio Limpias, Diputado Secretario.- F. Gutiérrez Granier, Diputado Secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno.- La Paz, 23 de diciembre de 1918.
JOSE GUTIERREZ GUERRA - R. Martínez Vargas.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 23 de diciembre de 1918
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioObras públicas.- En el Presupuesto Nacional de 1919, se consignará la suma de siete mil bolivianos para la adquisición y colocación de una oroya andarivel sobre el río Guadalquivir, en el punto denominado "Ancón"
KeywordsLey, diciembre/1918
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorISMAEL VAZQUEZ.- Carlos Calvo.- Atiliano Aparicio, Senador Secretario.- Octavio Limpias, Diputado Secretario.- F. Gutiérrez Granier, Diputado Secretario. JOSE GUTIERREZ GUERRA - R. Martínez Vargas.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.