Artículo 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo para contratar un empréstito de Bs. 760,000 destinados a la construcción y reparación de cuarteles en los siguientes tres puntos y a la construcción de un Hospital Militar:

Cuarteles en La Paz, Guaqui y AyoayoBs. 109,000
Cuarteles de Viacha" 10,0000
Para la construcción de un Cuartel en Caiza, u otro punto conveniente en la provincia del Gran Chaco" 75,000
Para la reparación y ampliación del cuartel de la Columna de Tarija" 25,000
Cuartel en Riberalta" 70,000
Id para la guarnición en Mategúa" 10,000
Cuartel para la guarnición en Guayaramerín" 20,000
Cuartel en Cochabamba" 50,000
Arsenal e Intendencia y Cuartel en Oruro" 150,000
Arreglo del Cuartel de Sucre" 50,000
Arreglo del Cuartel de Potosí" 50,000
Construcción de un Hospital Militar" 60,000
_Bs. 760,000

Artículo 2°.- El servicio de intereses y amortización fijado en el 8% anual, será cubierto con el impuesto de tres por mil, que debe cobrarse desde el 1° de enero de 1913 a todas las órdenes de pago y presupuestos de carácter Nacional y departamental que se presenten a los dicho Tesoros.

Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo fijará anualmente, dentro de la ley financial, la cantidad destinada para amortizar este empréstito.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 19 de noviembre de 1912
BENEDICTO GOYTIA.
JOSÉ ANTEZANA.
Moisés Ascarrunz Senador Secretario
René Renjel. D. S.
Néstor J. Otazo. D. S.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno.- La Paz, a cinco días del mes de diciembre de mil novecientos doce años.
ELIODORO VILLAZÓN. Alfredo Ascarrunz.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 5 de diciembre de 1912
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEmpréstitos.-- - Autorízase al Poder Ejecutivo, para contratar uno de Bs. 760.000, destinado a la.construcción y reparación de cárceles.
KeywordsLey, diciembre/1912
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorBENEDICTO GOYTIA. JOSÉ ANTEZANA. Moisés Ascarrunz Senador Secretario René Renjel. D. S. Néstor J. Otazo. D. S. ELIODORO VILLAZÓN. Alfredo Ascarrunz.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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