Artículo 1°.- Se crea el impuesto del depósito de marcas de fábrica, bajo la dirección del ministerio de hacienda é industria, que será de cinco bolivianos anuales, por las que se depositen con las formalidades que prescriba el reglamento.
Artículo 2°.- El ejecutivo reglamentará la presente ley.
Norma | Bolivia: Ley de 25 de noviembre de 1893 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Impuesto sobre marcas de fábrica.-- Su creación. | ||||
Keywords | Ley, noviembre/1893 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | Severo F. Alonso. José Vicente Ochoa. Antonio Modesto Vásquez, S. Secretario. L. Trigo, D. Secretario. M. BAPTISTA. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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