Artículo Único.- Apruébase el acuerdo sobra ferrocarril continental suscrito en la conferencia internacional de Washington por el representante boliviano doctor don Juan Francisco Velarde.
Devuélvase al poder ejecutivo.


Sala de sesiones del congreso nacional en La Paz, á 25 de octubre de 1890,
SERAPIO REYES ORTIZ.- DANIEL G. QUIROGA.- Roberto Téllez--S. Secretario.- Román Paz--D. Secretario.
Por tanto: la promulgo para que se tenga y cumpla como ley da la república.
Casa de gobierno en La Paz, á 7 de noviembre de 1890.
ANICETO ARCE.
Severo F. Alonso.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 7 de noviembre de 1890
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioFerrocarril Continental.- Se aprueba el acuerdo de la conferencia internacional de Washington para, la construcción de un ferrocarril continental.
KeywordsLey, noviembre/1890
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorSERAPIO REYES ORTIZ.- DANIEL G. QUIROGA.- Roberto Téllez--S. Secretario.- Román Paz--D. Secretario. ANICETO ARCE. Severo F. Alonso.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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