Artículo 1°.- Los honorables representantes Ovidio Suárez, Alfredo Lea-Plaza, Samuel Oropeza y Telmo Ichazo, miembros de la comisión. de hacienda del congreso y los demás honorables senadores y diputados residentes en la capital que quieran adscribirse, constituirán durante el receso de las cámaras una comisión parlamentaria ad honorem, para los fines siguientes:
1° Requerir con el respectivo informe del tribunal nacional de cuentas, los correspondientes al tesoro nacional, cuya aprobacion parlamentaria se halle pendiente a partir de enero de 1871.
2° Preparar los proyectos de resolucion que respecto a cada una de dichas cuentas deba pronunciar el congreso.
3° Hacer imprimir en folleto separado cada cuenta con el respectivo informe del tribunal y proyecto de la comisión. Esta comisión para llenar su cometido, podrá ponerse en relacion con el ejecutivo y con el supremo tribunal de cuentas.
Artículo 2°.- En la legislatura venidera el congreso considerará preferentemente los proyectos de resolucion que la comisión parlamentaria haya preparado.
Norma | Bolivia: Ley de 30 de diciembre de 1884 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Comisión parlamentaria.- Se crea en la capítal Sucre para preparar algunos proyectos sobre hacienda. | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1884 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | M. Baptista.- Tomás Villégas.- Juan Francisco Velarde, senador secretario.- Dámaso Sánchez, diputado secretario. G. PACHECO.- H. Gutiérrez | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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