Artículo Único.- Se restablece en la provincia de Punata el juzgado de instruccion 2° en lo criminal, con la dotacion que se asigna en el presupuesto.


Comuníquese al poder ejecutivo para su cumplimiento
Sala de sesiones del congreso nacional.-
La Paz, noviembre 27 de 1883.
Aniceto Arce.- Manuel José Fernández.- Juan Francisco Velarde, senador secretario.-
Carlos Bravo, diputado secretario.- Dámaso Sánchez, diputado secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como lei de la república.
Casa de gobierno en La Paz de Ayacucho, a 29 dias del mes de noviembre de 1883.
NARCISO CAMPERO
El ministro de justicia, instruccion pública y culto -
Pedro H. Várgas.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 29 de noviembre de 1883
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioOrganizacion judicial.- Se restablece el juzgado de instruccion 2° de Punata.
KeywordsLey, noviembre/1883
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorLa Paz, noviembre 27 de 1883. Aniceto Arce.- Manuel José Fernández.- Juan Francisco Velarde, senador secretario.- Carlos Bravo, diputado secretario.- Dámaso Sánchez, diputado secretario. NARCISO CAMPERO El ministro de justicia, instruccion pública y culto - Pedro H. Várgas.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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