Artículo 1°.- El Gobierno nombrará Comisarios en los puntos de la república, donde crea conveniente, delegándoles las facultades que juzgue necesarias para el restablecimieto del órden.

Artículo 2°.- El nombramiento de Comisarios puede recaer en los individuos del Congreso ó en otros de fuera de su seno.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para su publicacion y cumplimiento. Sala de sesiones del Congreso Extraordinario en la Ilustre y Heórica Sucre, á 30 de Octubre de 1848 -
Hilarion Fernandez, Presidente - Ruperto Fernandez, Secretario.- Félix Romero, Secretario.
Palacio del Supremo Gobierno en la Ilustre y Heórica Sucre, á 31 de Octubre de 1848 - Ejecútese -
José María Linares - El Ministro General - José María Calvimontes.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 31 de octubre de 1848
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEl Gobierno nombrará Comisarios para el restablecimieto del órden.
KeywordsLey, octubre/1848
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorHilarion Fernandez, Presidente - Ruperto Fernandez, Secretario.- Félix Romero, Secretario. José María Linares - El Ministro General - José María Calvimontes.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.