Artículo 1°.- La Representacion Nacional aprueba el establecimiento de una escuela primaria, que el Coronel Pedro Bustos ofrece planificar y sostener á su costa en el canton Luribay, provincia de Sicasica, departamento de la Paz,

Artículo 2°.- La cantidad de cuatrocientos pesos con que el fundador se compromete á dotarla durante su vida y residencia en el país, será entregada al preceptor rejente que él nombrare deducirse de eta suma los gastos económicos del establecimiento.

Artículo 3°.- La escuela llevará el nombre de su fundador.

Artículo 4°.- Se enseñara en ella todos los ramos que determinó el reglamento General de Instrucción pública, para las escuelas primarias, y excepcionalmente la Gramática de los idiomas nacional y latino, según su voluntad del fundador.

Artículo 5°.- El Gobierno dará las debidas gracias al Coronel Bustos, por el servicio que se propone hacer á la juventud de un canton de la República, en el importante ramo de instrucción.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para su publicacion y cumplimiento. Sala de Sesiones del Congreso en la Ilustre y Heróica capital Sucre, á 25 de Agosto de 1848 -
José María Linares, Presidente - Mario Montoya, - José María Orihuela, Secretarios.
Palacio del Supremo Gobierno en la Ilustre y Heróica capital Sucre á 26 de Septiembre 1848 - Ejecútese -
José Miguel de Velasco - El Ministro de Intruccion pública - Manuel José Asin.
Por tanto, ordena su cumplimiento y publicacion. Dado en la Ilustre y Heróica capital Sucre, á 26 de Septiembre 1848 -
José Miguel de Velasco - El Ministro de Instrucción pública - Manuel José Asín.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 26 de septiembre de 1848
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEscuela de Primeras Letras.- Aprueba el establecimiento de una escuela de primeras letras, propuesta por el Coronel Bustos
KeywordsLey, septiembre/1848
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorJosé María Linares, Presidente - Mario Montoya, - José María Orihuela, Secretarios. José Miguel de Velasco - El Ministro de Intruccion pública - Manuel José Asin. José Miguel de Velasco - El Ministro de Instrucción pública - Manuel José Asín.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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