Artículo 1°.- Se aprueba en todas sus partes y con las modalidades hechas por el Gobierno del Perú, el tratado firmado en Arequipa en tres de Noviembre del año próximo pasado, por el Sr. D. Miguel María de Aguirre, Ministro Plenipotenciario de Bolivia, y el Señor Don Domingo Elías, investido con igual carácter por el Perú.
Artículo 2°.- El Gobierno de la república, despues de prestar su ratificacion á dicho tratado, negociará la cancelacion del artículo segundo.
Norma | Bolivia: Ley de 9 de septiembre de 1848 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Relativas las disposiciones de 28 de Enero y 24 de Abril de 1849 - 8 de Junio del mismo y 8 de enero de 1850. | ||||
Keywords | Ley, septiembre/1848 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | José María Linares, Presidente - Mariano Montoya, Secretario - José María Orihuela, Secretario. José Miguel de Velasco - El Ministro de Relaciones Exteriores - Casimiro Olañeta José Miguel de Velasco - El Ministro de Relaciones Exteriores - Casimiro Olañeta. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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