Artículo Único.- Sr. Mtro.- No es satisfactorio comunicar á V. G. que el Congreso en sesion de esta fecha, ha resuelto por aclamacion, que al pié del retrato del Gran Mariscal de Ayacucho Antonio José de Sucre, se ponga en letras de oro la parte de su Mensaje, que dice: "Aun pediré otro premio á la Nacion entera y á sus administradores, el de no destruir la obra de mi creacion, de conservar por entre todos los peligros la independencia de BOLIVIA. " Tambien ha resuelto que sobre el ángulo de las banderas que deben ponerse á la cabeza de dicho retrato, se coloque la bandera mas antigua del ejército Boliviano. V. G. se servirá ponerlo en conocimiento de S. E. el Presidente de la República. Dios guarde á V. G.- Sr. Mtro.-


Buenaventura Guardia, Secretario Senador - Félix Romero, Secretario Representante. Palacio del Supremo Gobierno en Sucre á 14 de Noviembre de 1844 - Ejecútese -
José Ballivian El Ministro del Interior. Pedro Buitrago.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 14 de noviembre de 1844
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioInscripciones y adorno que ha de llevar el retrato del Señor General Antonio José de Sucre, colocado en el salon del Congreso.
KeywordsLey, noviembre/1844
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorJosé Ballivian El Ministro del Interior. Pedro Buitrago.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.