Artículo Único.- Las viudas é hijos de los empleados á quienes se les descuenta monte pio, son acreedores á él, con sujeción á los reglamentos antiguos del caso.
Norma | Bolivia: Ley de 26 de septiembre de 1831 | ||||
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Fecha | 2015-10-22 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Son acreedores al monte pio las viudas é hijos de los empleados que sufren este descuento. | ||||
Keywords | Ley, septiembre/1831 | ||||
Origen | Legislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional | ||||
Referencias | 1825-1960.lexml | ||||
Creador | José María Dalence, PRESIDENTE.- Manuel Ilario de Irigoyen, DIPUTADO SECRETARIO.- Martin Cardon, DIPUTADO SECRETARIO. ANDRES SANTA CRUZ.- El MINISTRO DE HACIENDA, José María de Lara. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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