Bolivia: Ley de 27 de mayo de 1826

La asamblea jeneral constituyente de la República de Bolivia, prescribiendo el ceremonial que ha de observarse el día de mañana, en que el Gran Mariscal de Ayacucho debe posesionarse del mando supremo de la República, que se le ha encargado en la ley del 26 del corriente, ha decretado y decreto lo siguiente:

Artículo 1°.- Se nombrará la comisión prevenida en el reglamento, para conducir al Gran Mariscal hasta la sala.

Artículo 2°.- Puesto en la primera silla, como previene el reglamento, el presidente le tomará el juramento, en la forma siguiente: ¿Juráis por Dios y estos santos evanjelios, respetar y hacer respetar la relijión católica, observar y hacer observar las leyes de la República, protejer la libertad individual, la propiedad y demás decretos del ciudadano, y gobernar con sólo el objeto de la felicidad y gloria de Bolivia?

Artículo 3°.- El prefecto del departamento y el intendente de policía, tomarán todas las medidas conducentes á solemnizar un acto tan augusto, dando órdenes para que concurran todas las corporaciones, y reglando las demás muestras de regocijo que estén en la posibilidad del tiempo y del patriotismo.

Artículo 4°.- Concluído este acto pasarán, con el Gran Mariscal, la comisión nombrada y corporaciones, á la iglesia metropolitana, donde se cantará un solemne Tedeun, y después le acompañarán hasta su casa, en la que se le felicitará.

Artículo 5°.- El comandante jeneral del departamento dispondrá que se hagan las correspondientes salvas de artillería, y que tendida la tropa, haga al Gran Mariscal los honores debidos á su investidura.

Artículo 6°.- En todas las capitales de departamento y de provincia de la República, se celebrará una función relijiosa, con las solemnidades posibles al día siguiente de habérseles comunicado la noticia de este próspero acontecimiento, con las demás muestras que decretaren los prefectos y gobernadores respectivos.


Comuníquese á quienes corresponda para su cumplimiento. Dada en la sala de sesiones en Chuquisaca á 27 de mayo de 1826.-
Casimiro Olañeta, presidente.- José Ignacio de Sanjinés, diputado secretario.- Manuel Molina, diputado secretario.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley de 27 de mayo de 1826
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCeremonial para que el Gran Mariscal de Ayacucho se posesione del mando de la República: que en las capitales de departamento y de provincia, se celebre con este motivo, una función relijiosa solemne.
KeywordsLey, mayo/1826
OrigenLegislación Boliviana - Compendio de leyes de 1825-2007, CD elaborado por la biblioteca y el archivo histórico del Honorable Congreso Nacional
Referencias1825-1960.lexml
CreadorCasimiro Olañeta, presidente.- José Ignacio de Sanjinés, diputado secretario.- Manuel Molina, diputado secretario.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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