Bolivia: Ley Nº 1766, 10 de marzo de 1997

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad con el Artículo 59, Atribución 5º., de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo Nº 987/SF-BO, suscrito entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el 7 de diciembre de 1996, en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, por la suma de hasta SETENTA MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS ($US. 70.000.000.-) destinados a financiar el programa de Saneamiento Básico Urbano a ser ejecutado por el Fondo de Desarrollo Regional (FNDR).


Pase al Poder ejecutivo para fines constitucionales
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los seis días del mes de marzo de mil novecientos noventa y siete años.
Fdo.- H. Raúl Lema Patiño.- PRESIDENTE H. SENADO NACIONAL.- H. Georg Prestel Kern.- PRESIDENTE H. CAMARA DE DIPUTADOS.- HH. Walter Zuleta Roncal y Guido Capra Jemio, Senadores Secretarios.- HH. Hugo Baptista Orgaz e Ismael Morón Sánchez, Diputados Secretarios.-
Por Tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de marzo de mil novecientos noventa y siete años.
Fdo. GONZALO SÁNCHEZ DE LOZADA.- Franklin Anaya Vásquez.- Ministro de Desarrollo Humano.- Fernando Candia Castillo.- Ministro de Hacienda.- José Guillermo Justiniano Sandoval.- Ministro de la Presidencia de la República.- Dr. Antonio Aranibar Quiroga.- Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.-

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1766, 10 de marzo de 1997
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioApruébase el Contrato de Préstamo N° 987/SF-BO suscrito con el BID por $us. 70.000.000.- destinados a financiar el Programa de Saneamiento Básico Urbano
KeywordsLey, marzo/1997
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1766
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo.- H. Raúl Lema Patiño.- PRESIDENTE H. SENADO NACIONAL.- H. Georg Prestel Kern.- PRESIDENTE H. CAMARA DE DIPUTADOS.- HH. Walter Zuleta Roncal y Guido Capra Jemio, Senadores Secretarios.- HH. Hugo Baptista Orgaz e Ismael Morón Sánchez, Diputados Secretarios.- Fdo. GONZALO SÁNCHEZ DE LOZADA.- Franklin Anaya Vásquez.- Ministro de Desarrollo Humano.- Fernando Candia Castillo.- Ministro de Hacienda.- José Guillermo Justiniano Sandoval.- Ministro de la Presidencia de la República.- Dr. Antonio Aranibar Quiroga.- Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.-
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994

Referencias a esta norma

[BO-DS-N350] Bolivia: Decreto Supremo Nº 350, 4 de noviembre de 2009
Instruye al Fondo Nacional de Desarrollo Regional - FNDR a reprogramar las deudas pendientes de sus Sujetos de Crédito que tengan operaciones financieras con recursos del Programa de Saneamiento Básico Urbano - PROSUB así como establecer sus condiciones y procedimiento.
[BO-DS-N3508] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3508, 14 de marzo de 2018
14 DE MARZO DE 2018.- Instruye al Fondo Nacional de Desarrollo Regional – FNDR a reprogramar las deudas pendientes de la Cooperativa de Servicios Públicos Montero R.L. – COSMOL, así como establecer sus condiciones y procedimiento.

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