Bolivia: Ley Nº 1652, 13 de julio de 1995

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad con el Artículo 59, atribución 12º de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Convenio Internacional sobre Maderas Tropicales, aprobado en el Cuarto Período de Sesiones de la Conferencia de las Naciones Unidas, llevada a cabo el 21 de enero de 1994.


Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de julio de mil novecientos noventa y cinco años.
Fdo. H. Juan Carlos Durán Saucedo, Presidente H. Senado Nacional; H. Javier Campero Paz, Presidente H. Cámara de Diputados, H. Freddy Tejerina Ribera, Senador Secretario; H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario; H. Yerko Kukoc del Carpio, Diputado Secretario; H. Michael Meier F., Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de julio de mil novecientos noventa y cinco años.
Fdo. GONZALO SÁNCHEZ DE LOZADA; Luis Lema Molina, Ministro de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente; Dr. Jaime Villalobos, Ministro de Desarrollo Económico; José Guillermo Justiniano Sandoval, Ministro de la Presidencia de la República; Dr. Antonio Araníbar Quiroga, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1652, 13 de julio de 1995
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioConvenio internacional sobre maderas tropicales. Se ratifica el aprobado en el IV periodo de sesiones de la conferencia de las Naciones Unidas realizada el 21 de enero de 1994
KeywordsLey, julio/1995
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1652
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Juan Carlos Durán Saucedo, Presidente H. Senado Nacional; H. Javier Campero Paz, Presidente H. Cámara de Diputados, H. Freddy Tejerina Ribera, Senador Secretario; H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario; H. Yerko Kukoc del Carpio, Diputado Secretario; H. Michael Meier F., Diputado Secretario. Fdo. GONZALO SÁNCHEZ DE LOZADA; Luis Lema Molina, Ministro de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente; Dr. Jaime Villalobos, Ministro de Desarrollo Económico; José Guillermo Justiniano Sandoval, Ministro de la Presidencia de la República; Dr. Antonio Araníbar Quiroga, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994

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