Artículo Único.- De conformidad al artículo 59, atribución 5º de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio de Crédito (Enmienda Nº 3), suscrito entre la República de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento (AIF), el día 10 de mayo de 1994, en el Distrito de Columbia, Estados Unidos de América, por la suma de hasta SEIS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA MIL DERECHOS ESPECIALES DE GIRO (DEG. 6.740.000.-) destinada a continuar financiando el Programa de Reajuste Estructural.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1597, 12 de agosto de 1994 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Convenio con AIF. Apruébase crédito (enmienda 3), destinado al financiamiento del programa de ajuste estructural, suscrito en Columbia, usa, por DEG 6.74 millones | ||||
Keywords | Ley, agosto/1994 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1597 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. Juan Carlos Durán Saucedo, Presidente H. Senado Nacional; H. Guillermo Bedregal G., Presidente H. Cámara de Diputados, H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario; H. Guido R. Capra Jemio, Senador Secretario; H. Georg Prestel Kern, Diputado Secretario; H. Mirtha Quevedo Acalinovil, Diputada Secretaria. Fdo. GONZALO SÁNCHEZ DE LOZADA, Dr. Carlos Sánchez Berzain, Ministro de la Presidencia de la República; Fernando A, Cossio, Ministro de Hacienda y Desarrollo Económico; Dr. Antonio Araníbar Quiroga, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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