Bolivia: Ley Nº 1526, 17 de diciembre de 1993

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad al artículo 59, atribución 5º de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Convenio de Cooperación Financiera para 1993, suscrito entre el Gobierno de la República de Bolivia y de la República Federal de Alemania, en Bonn el 30 de marzo de 1993.


Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y tres años.
Fdo. H. JUAN CARLOS DURAN SAUCEDO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUILLERMO BEDREGAL GUTIERREZ, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario.- H. Guido R, Capra Jemio, Senador Secretario.- H. Raúl Tovar Piérola, Diputado Secretario.- H. Eudoro Galindo Anze, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y tres años.
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Presidente Constitucional de la República.- Dr. Carlos Sánchez Berzain, Ministro de la Presidencia de la República.- Ing. Fernando Illanes de la Riva, Ministro de Hacienda y Desarrollo Económico.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1526, 17 de diciembre de 1993
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioConvenio con la República federal de Alemania, apruébase el de cooperación financiera para 1993, suscrito en Bonn, el 30 de marzo de 1993
KeywordsLey, diciembre/1993
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1526
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. JUAN CARLOS DURAN SAUCEDO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUILLERMO BEDREGAL GUTIERREZ, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario.- H. Guido R, Capra Jemio, Senador Secretario.- H. Raúl Tovar Piérola, Diputado Secretario.- H. Eudoro Galindo Anze, Diputado Secretario. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Presidente Constitucional de la República.- Dr. Carlos Sánchez Berzain, Ministro de la Presidencia de la República.- Ing. Fernando Illanes de la Riva, Ministro de Hacienda y Desarrollo Económico.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19670202] Bolivia: Constitución política de 1967, 2 de febrero de 1967
Constitución de 2 de febrero de 1967

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