Bolivia: Ley Nº 1481, 5 de abril de 1993

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA,
CONVENIO CON LA CORPORACION ANDINA DE FOMENTO.- Se aprueba el de Crédito, suscrito en La Paz, el 23 de marzo de 1993, por $us 23.5 millones, destinados a financiar el Programa de Cofinanciamiento de Proyectos de Inversión con Organismos Multilaterales.
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad con el artículo 59°, atribución 5º, de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio de Crédito, suscrito entre la República de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento (CAF) el día 23 de marzo de 1993, en la ciudad de La Paz, por la suma de hasta VEINTITRÉS MILLONES QUINIENTOS MIL 00/100 DÓLARES AMERICANOS ($us. 23.500.000.-) destinados a financiar el Programa de Cofinanciamiento de Proyectos de Inversión con Organismos Multilaterales.


Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los treinta y un días del mes de marzo de mil novecientos noventa y tres años.
Fdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde, Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Elena Calderón de Zuleta, Senador Secretario.- H. Oscar Vargas Molina, Senador Secretario.- H. Walter Villagra Romay, Diputado Secretario.- H. Ramiro Argandoña Valdez, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de abril de mil novecientos noventa y tres años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Flavio Escobar Llanos, Ministro de Planeamiento y Coordinación a.i.- Lic. Mario Requena Pinto, Ministro de Finanzas a.i.-

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1481, 5 de abril de 1993
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioApruébase el convenio de crédito, suscrito entre la República de Bolivia y la corporación andina de fomento (CAF) el día 23 de marzo de 1993, en la ciudad de la paz, por la suma de hasta veintitrés millones quinientos mil 00/100 dólares americanos ($us
KeywordsLey, abril/1993
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1481
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde, Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Elena Calderón de Zuleta, Senador Secretario.- H. Oscar Vargas Molina, Senador Secretario.- H. Walter Villagra Romay, Diputado Secretario.- H. Ramiro Argandoña Valdez, Diputado Secretario. Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Flavio Escobar Llanos, Ministro de Planeamiento y Coordinación a.i.- Lic. Mario Requena Pinto, Ministro de Finanzas a.i.-
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19670202] Bolivia: Constitución política de 1967, 2 de febrero de 1967
Constitución de 2 de febrero de 1967

Referencias a esta norma

[BO-L-N1481] Bolivia: Ley Nº 1481, 24 de noviembre de 2022
Aprueba la transferencia, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 13.535,16 metros cuadrados (m²), fracción de una superficie total de 16.298,00 metros cuadrados (m²), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Vinto, ubicado en la Calle Innominada, Zona Anocaraire, Manzano S/N, del Municipio de Vinto, Provincia Quillacollo del Departamento de Cochabamba; a favor del Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba, con destino exclusivo para el funcionamiento del Instituto Tecnológico “Iván J. Canelas Alurralde”, de conformidad a la Ley Municipal N° 185, de 5 de febrero de 2019, promulgada el 6 de febrero de 2019 por el Gobierno Autónomo Municipal de Vinto.

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