Bolivia: Ley Nº 1301, 19 de diciembre de 1991

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
EDUCACION - SALUD.- Apruébase el Acuerdo de Préstamo de $us. 25.000.000.- para uso exclusivo de proyecto de inversión pública, en las áreas de infraestructura.
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad con el artículo 59°, atribución 5º., de la Constitución Política del Estado, apruébase el Acuerdo de Préstamo, suscrito entre el Banco del Estado de la República de Bolivia y el “Export -Import Bank de la República de China” (con sede en Taipei) en fecha 29 de julio de 1991, por un monto de VEINTICINCO MILLONES DE DOLARES AMERICANOS ($us. 25.000.000.-), para uso exclusivo de fondos de contraparte nacional del financiamiento externo destinado a proyectos de inversión pública, preferentemente en las áreas de infraestructura, educación y cultura.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciséis días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. H. GUILLERMO FORTUN SUAREZ PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL - H. GASTON ENCINAS VALVERDE PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS- H. ELENA CALDERON DE ZULETA Senador Secretario - H. CARLOS FARAH AQUIM Senador Secretario - H. WALTER ALARCON ROJAS Diputado Secretario - H. WALTER VILLAGRA ROMAY Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA - EDGAR SCHWARZ DE ACHA Ministro de Finanzas a.i. - JORGE QUIROGA RAMIREZ Ministro de Planeamiento y Coordinación a.i.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1301, 19 de diciembre de 1991
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEducación - salud. Apruébase el acuerdo de préstamo de $us. 25.000.000.- para uso exclusivo de proyecto de inversión pública, en las áreas de infraestructura
KeywordsLey, diciembre/1991
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1301
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. GUILLERMO FORTUN SUAREZ PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL - H. GASTON ENCINAS VALVERDE PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS- H. ELENA CALDERON DE ZULETA Senador Secretario - H. CARLOS FARAH AQUIM Senador Secretario - H. WALTER ALARCON ROJAS Diputado Secretario - H. WALTER VILLAGRA ROMAY Diputado Secretario. Fdo. JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA - EDGAR SCHWARZ DE ACHA Ministro de Finanzas a.i. - JORGE QUIROGA RAMIREZ Ministro de Planeamiento y Coordinación a.i.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19670202] Bolivia: Constitución política de 1967, 2 de febrero de 1967
Constitución de 2 de febrero de 1967

Referencias a esta norma

[BO-DS-23166] Bolivia: Decreto Supremo Nº 23166, 29 de mayo de 1992
Se ratifica el convenio suscrito entre el Min. de Finanzas Y el B.E., sobre prestación de servicios, compromisos y obligaciones para el cumplimiento del convenio de préstamo de 29-06-91, por US$. 25.000.000.00 otorgado por el Export Import Bank de la Rep. de China.

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