Bolivia: Ley Nº 1153, 17 de mayo de 1990

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONTRATO CON EL BID. Apruébase el de Préstamo suscrito el 18 de enero de 1990, por $us 56.9 millones, destinado a financiar el Programa de Desarrollo de Campos Petrolíferos de YPFB.
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad con el artículo 59 atribución 5ta. de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo, suscrito entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo el día 18 de enero de 1990, en la ciudad de Washington, por la suma de CINCUENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS MIL DOLARES AMERICANOS ($us 56.900.000.-) destinados a financiar el Programa de Desarrollo de Campos Petrolíferos de propiedad de Y. P. F. B.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los nueve días del mes de mayo de mil novecientos noventa años.
Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzmán, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. Leopoldo Fernández Ferreira, SENADOR SECRETARIO.- H. José Taboada Calderón de la Barca, SENADOR SECRETARIO.- H. Armando De la Parra Soria, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Carlos Eduardo García Suárez, DIPUTADO SECRETARIO.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de mayo de mil novecientos noventa años.
Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- Ing. Angel Zannier Clargs, MINISTRO DE ENERGIA E HIDROCARBUROS.- Enrique García Rodríguez, MINISTRO DE PLANEAMIENTO Y COORDINACIÓN.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1153, 17 de mayo de 1990
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioContrato con el BID. Apruébase el de préstamo suscrito el 18 de enero de 1990, por $us 56.9 millones, destinado a financiar el programa de desarrollo de campos petrolíferos de YPFB
KeywordsLey, mayo/1990
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=1153
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzmán, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. Leopoldo Fernández Ferreira, SENADOR SECRETARIO.- H. José Taboada Calderón de la Barca, SENADOR SECRETARIO.- H. Armando De la Parra Soria, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Carlos Eduardo García Suárez, DIPUTADO SECRETARIO. Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.- Ing. Angel Zannier Clargs, MINISTRO DE ENERGIA E HIDROCARBUROS.- Enrique García Rodríguez, MINISTRO DE PLANEAMIENTO Y COORDINACIÓN.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19670202] Bolivia: Constitución política de 1967, 2 de febrero de 1967
Constitución de 2 de febrero de 1967

Referencias a esta norma

[BO-L-N1153] Bolivia: Ley Nº 1153, 25 de febrero de 2019
25 DE FEBRERO DE 2019.- Modifica el Parágrafo I del Artículo 13 de la Ley N° 348 de 9 de marzo de 2013, “Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia”.
[BO-DS-N4399] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4399, 26 de noviembre de 2020
Realiza modificaciones e incorporaciones al Decreto Supremo Nº 2145, de 14 de octubre de 2014, Reglamento a la Ley Nº 348 “Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia”, modificado por el Decreto Supremo N° 2610, de 25 de noviembre de 2015 y el Decreto Supremo Nº 4012, de 14 de agosto de 2019, para reforzar los mecanismos de prevención, atención y protección a mujeres en situación de violencia.

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