CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Decreto Supremo Nº 29163, de 13 de junio de 2007, estableciendo que la devolución de los beneficios generados por la retención del 3x1000 se realice en lotes de terreno y en efectivo; y se reconozca a los herederos de titulares beneficiarios de dicha retención.
Artículo 2°.- (Modificaciones)
“ARTÍCULO 2.- (DEVOLUCIÓN). El Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, a través del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, procederá a la devolución de los aportes efectivamente realizados del 3x1000, en lotes de terreno y/o en efectivo, a ser entregados a los aportantes Cooperativistas Mineros, Locatarios, Veneros y Lameros, los cuales aportaron entre los periodos de 1970 a 1991, de acuerdo a la estructura programada en categorías y cronograma de ejecución.”
“a) No haber recibido por parte del Estado la devolución de los aportes del 3x1000 con soluciones habitacionales.
b) Ser titular del beneficio (aportante, derechohabiente o heredero).”
Artículo 3°.- (Devolución a herederos) Para la devolución de los aportes del 3x1000, se tomará en cuenta a aquellos herederos que cuenten con la declaratoria de dicha calidad, respecto de los beneficiarios titulares que hubieran iniciado su trámite de solicitud de devolución de aportes ante la Unidad Ejecutora 3x1000.
Artículo 4°.- (Conciliación financiera) Una vez concluida la devolución de los aportes, la Unidad Ejecutora 3x1000 realizará una conciliación financiera, conforme a normativa legal vigente.
Artículo transitorio 1°.-
Artículo transitorio 2°.- El destino de los remanentes de la devolución de aportes del 3X1000 será establecido en coordinación con los beneficiarios conforme a reglamentación emitida por el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda.
Artículo final Único.- El Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, en el plazo de treinta (30) días calendario, adecuará o aprobará la Reglamentación necesaria para la ejecución de lo previsto en el presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 911, 15 de junio de 2011 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Modifica el Decreto Supremo Nº 29163, de 13 de junio de 2007, estableciendo que la devolución de los beneficios generados por la retención del 3x1000 se realice en lotes de terreno y en efectivo; y se reconozca a los herederos de titulares beneficiarios de dicha retención. | ||||
Keywords | Gaceta 269NEC, 2011-06-15, Decreto Supremo, junio/2011 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/139284 | ||||
Referencias | 201106b.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Sacha Sergio Llorentty Soliz, María Cecilia Chacón Rendón, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luís Alberto Arce Catacora, José Luís Gutiérrez Pérez, Ana Teresa Morales Olivera, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Daniel Santalla Torrez, Nila Heredia Miranda, Julieta Mabel Monje Villa, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Elizabeth Cristina Salguero Carrillo, Iván Jorge Canelas Alurralde. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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