Bolivia: Decreto Supremo Nº 696, 11 de noviembre de 2010

Decreto Supremo Nº 0696
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el Parágrafo I del Artículo 361 de la Constitución Política del Estado, señala que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB es una empresa autárquica de derecho público, inembargable, con autonomía de gestión administrativa, técnica y económica, en el marco de la política estatal de hidrocarburos. YPFB, bajo tuición del Ministerio del ramo y como brazo operativo del Estado, es la única facultada para realizar las actividades de la cadena productiva de hidrocarburos y su comercialización.
  • Que el Artículo 6 de la Ley Nº 3058, de 17 de mayo de 2005, de Hidrocarburos, dispone la refundación de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, recuperando la propiedad estatal de las acciones de los bolivianos en las empresas petroleras capitalizadas, de manera que esta Empresa Estatal pueda participar en toda la cadena productiva de los hidrocarburos.
  • Que el Decreto Supremo Nº 28701, de 1 de mayo de 2006, dispone la nacionalización y recuperación de la propiedad, posesión y control total y absoluto de los recursos naturales hidrocarburíferos del país; asimismo establece que el Estado tome el control y la dirección de la producción, transporte, refinación, almacenaje, distribución, comercialización e industrialización de los hidrocarburos en el país.
  • Que el Decreto Supremo Nº 29507, de 9 de abril de 2008, establece el marco normativo y la estrategia que YPFB implementará como una empresa estatal petrolera de carácter corporativo.
  • Que el Decreto Supremo Nº 086, de 18 de abril de 2009, otorga el carácter de Empresa Pública Nacional Estratégica - EPNE a YPFB.
  • Que el Plan Nacional de Desarrollo aprobado por Decreto Supremo Nº 29272, de 12 de septiembre de 2007, establece dentro de sus lineamientos, que el Estado Boliviano, a partir de la recuperación y consolidación de la soberanía nacional sobre los recursos hidrocarburíferos, además de normar, fiscalizar, regular y controlar, asume un rol protagónico en el desarrollo del país, planificando y participando en toda la cadena productiva de los hidrocarburos. Asimismo, determina que YPFB a nombre del Estado ejercerá el derecho propietario sobre la totalidad de los hidrocarburos; participará en todas las fases de producción de los hidrocarburos y representará al Estado en la suscripción de contratos que definen nuevas reglas con las empresas extranjeras.
  • Que el inciso g) del Artículo 20 del Presupuesto General del Estado - Gestión 2010, aprobado por expresa disposición del numeral 11 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, establece que las EPNE’s, excepcionalmente, en casos de personal especializado en áreas estratégicas, podrán incorporar en sus Escalas Salariales, niveles de remuneraciones mayores al establecido para el Presidente del Estado Plurinacional, debiendo ser aprobadas expresamente mediante Decreto Supremo.
  • Que el Parágrafo III del Artículo 11 del Decreto Supremo Nº 0430, de 10 de febrero de 2010, establece que el personal especializado de las EPNE’s que cumplan funciones operativas especializadas, podrán ser remunerados con un salario igual o mayor a lo establecido para el Presidente del Estado Plurinacional, mediante Decreto Supremo que apruebe la Escala Salarial, misma que se mantendrá vigente, en tanto no sea modificada.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. Se aprueba la Escala Salarial para personal especializado en áreas estratégicas y operativas de exploración, explotación y plantas de separación de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, con niveles de remuneración mayores al establecido para el Presidente del Estado Plurinacional, de acuerdo al Anexo adjunto que forma parte del presente Decreto Supremo y conforme al siguiente detalle:
    CargoNº casosNivel
    Especialista LiderTres (3)45.000
    Especialista Senior IDiecisiete (17)40.000
    Especialista Senior IISetenta y cuatro (74)36.000
    Especialista Operativo ITreinta (30)31.000
    Especialista Operativo IICuarenta y nueve (49)26.000
    Especialista Operativo IIIVeintitrés (23)20.000
    OperativoVeinticinco (25)16.000
  2. El personal especializado señalado en el Parágrafo precedente, no percibirá bonos y otros similares de carácter recurrente, salvo el bono de antigüedad, aguinaldo, asignaciones familiares, prestaciones de largo y corto plazo de seguridad social y beneficios sociales establecidos legalmente.
  3. El Directorio de YPFB queda facultado para aprobar por Resolución expresa, la incorporación gradual del personal especializado, debiendo velar por la sostenibilidad económico financiera de YPFB, de acuerdo al requerimiento y la necesidad justificada por la Presidencia Ejecutiva de YPFB.
  4. La Escala Salarial aprobada en el Parágrafo Primero, deberá ser implementada en el marco de lo establecido en el presente Decreto Supremo, bajo responsabilidad de YPFB.


El señor Ministro de Estado, en el Despacho de Hidrocarburos y Energía, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la ciudad de Cochabamba, a los once días del mes de noviembre del año dos mil diez.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elizabeth Arismendi Chumacero, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Luís Fernando Vincenti Vargas, Antonia Rodríguez Medrano, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Carmen Trujillo Cárdenas, Nila Heredia Miranda, María Esther Udaeta Velásquez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz, Nardy Suxo Iturry, Zulma Yugar Párraga.

Anexo
Personal especializado en áreas estratégicas y operativas de exploración, explotación y plantas de separación de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB

Exploración

ESPECIALIDAD FORMACIÓN Nº PERSONAS
Responsable de Exploración Ingeniero Geofísico, Petrolero o ramas afines 1
Geofísico intérprete Ingeniero Geofísico y/o Geólogo especialista 11
Geólogo Regional/Estructural Ingeniero Geólogo 11
Geólogo Subsuelo/Petrofísico Ingeniero Geólogo 11
Ingeniero de Reservorios Ingeniero Petrolero y/o Geólogo especialista 11
SUB-TOTAL 45

Gestión de proyectos - casa matriz

ESPECIALIDAD FORMACIÓN Nº PERSONAS
Geofísico intérprete Ingeniero Geofísico y/o Geólogo especialista 2
Geólogo Regional Ingeniero Geólogo 2
Geólogo Subsuelo Ingeniero Geólogo 2
Geólogo Petrofísico Ingeniero Geólogo y/o Petrolero 2
Geólogo Analista de cuencas Ingeniero Geólogo 2
Geoquímico Ingeniero Geólogo 2
Geólogo Estructural Ingeniero Geólogo 2
Geólogo de Desarrollo Ingeniero Geólogo 2
Ingeniero de Reservorios Ingeniero Petrolero y/o Geólogo especialista 2
Ingeniero de Producción Ingeniero Petrolero y/o Químico, Industrial 2
Ingeniero de Perforación Ingeniero Petrolero 2
Ingeniero de Procesos Ingeniero Petrolero y/o Químico, Industrial 1
SUB-TOTAL 23

Desarrollo y exploración

ESPECIALIDAD FORMACIÓN Nº PERSONAS
Geología de Subsuelo Geólogo 3
Geología de Reservorios Geólogo 3
Ingeniería de Reservorios Ingeniero Petrolero 3
Ingeniería en Simulación de Reservorios Ingeniero Petrolero 3
Terminación e Intervención Ingeniero Petrolero 6
Procesos de Producción Ingeniero Petrolero, Ingeniero Químico, Ingeniero Electromecánico 12
Evaluación de Proyectos Hidrocarburíferos Ingeniero Industrial, Ingeniero Comercial 3
Evaluación y Supervisión de Obras Civiles Ingeniero Civil, Arquitecto 9
Cartografía y Geodesia Geólogo, Geógrafo 3
SUB-TOTAL 45

Administración, seguimiento y negociación de contratos petroleros

ESPECIALIDAD FORMACIÓN Nº PERSONAS
Geología Geólogo 1
Geofísica Geólogo, Geofísico 1
Ingeniería Petrolera Ingeniero Petrolero 13
SUB-TOTAL 15

Fiscalización

ESPECIALIDAD FORMACIÓN Nº PERSONAS
Certificadores de Producción de Hidrocarburos Ingeniero Petrolero, Ingeniero Químico 5
Certificadores de Reservorios Ingeniero Petrolero 5
Fiscal de Campo Producción de Hidrocarburos Ingeniero Petrolero, Ingeniero Químico 10
Fiscal de Geología de Reservorios Geólogo 1
Fiscal de Simulación de Reservorios Ingeniero Petrolero 1
Especialista de Simulación de Reservorios Ingeniero Petrolero 1
Fiscal de Geoquímica y Bioestratigrafía Geólogo, Geoquímico 1
Fiscal de campo de Geología Geólog 2
Fiscal de Perforación e Intervención Ingeniero Petrolero 4
Fiscal de Obras Civiles Ingeniero Civil, Arquitecto 2
Fiscal de Geología y Geofísica Geólogo, Geofísico 1
SUB-TOTAL 33

Servicios de perforación

ESPECIALIDAD FORMACIÓN Nº PERSONAS
Líder Responsable de la Unidad Ingeniero Petrolero 1
Jefe de Oepradores Ingeniero Petrolero 1
Jefe de Estudios Ingeniero Petrolero 2
Jefe de Equipos Ingeniero Petrolero 6
Ingenieros Residentes de Campo Ingeniero Petrolero 6
Ingeniero Electrónico Ingeniero Electrónico 1
Ingeniero Mecánico Ingeniero Mecánico 1
Ingeniero Eléctrico Ingeniero Eléctrico 1
Seguridad Industrial Ingeniero Petrolero, Industrial 1
SUB-TOTAL 20

Plantas de separación de licuables

ESPECIALIDAD FORMACIÓN Nº PERSONAS
PROYECTO RÍO GRANDE
Jefe de Operación Ingeniero Químico, en Proceso, Industrial, Petrolero 1
Jefe de Mantenimiento Ingeniero Mecánico, Electromecánico, Eléctrico 1
Encargado Mecánico Ingeniero Mecánico, Electromecánico 1
Encargado de instrumentación y control Ingeniero en Instrumentación, Eléctrico, Electromecánico 1
Encargado Eléctrico Ingeniero Eléctrico, Electromecánico 1
Encargado de Procesos Ingeniero Químico, en Proceso, Industrial, Petrolero 1
Operador de sala de turno Diurno Ingeniero Químico, en Proceso, Industrial, Petrolero 3
Operador de sala de turno Nocturno Ingeniero Químico, en Proceso, Industrial, Petrolero 2
Operador de campo de turno Diurno Ingeniero Químico, en Proceso, Industrial, Petrolero 4
Operador de campo de turno Nocturno Ingeniero Químico, en Proceso, Industrial, Petrolero 4
Encargado de Mantenimiento de equipos rotarios Ingeniero Mecánico, Electromecánico 1
PROYECTO GRAN CHACO
Jefe de Operación Ingeniero Químico, en Proceso, Industrial, Petrolero 1
Jefe de Mantenimiento Ingeniero Mecánico, Electromecánico, Eléctrico 1
Encargado Mecánico Ingeniero Mecánico, Electromecánico 1
Encargado de instrumentación y control Ingeniero en Instrumentación, Eléctrico, Electromecánico 1
Encargado Eléctrico Ingeniero Eléctrico, Electromecánico 1
Encargado de Procesos Ingeniero Químico, en Proceso, Industrial, Petrolero 1
Operador de sala de turno Diurno Ingeniero Químico, en Proceso, Industrial, Petrolero 3
Operador de sala de turno Nocturno Ingeniero Químico, en Proceso, Industrial, Petrolero 2
Operador de campo de turno Diurno Ingeniero Químico, en Proceso, Industrial, Petrolero 4
Operador de campo de turno Nocturno Ingeniero Químico, en Proceso, Industrial, Petrolero 4
Encargado de Mantenimiento de equipos rotarios Ingeniero Mecánico, Electromecánico 1
SUB-TOTAL 40
TOTAL 221

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 696, 11 de noviembre de 2010
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAprueba la Escala Salarial para personal especializado en áreas estratégicas y operativas de exploración, explotación y plantas de separación de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB, con niveles de remuneración mayores al establecido para el Presidente del Estado Plurinacional.
KeywordsGaceta 190NEC, 2010-11-12, Decreto Supremo, noviembre/2010
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/138743
ReferenciasGaceta 190NEC,2010-11-12, ncpe.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elizabeth Arismendi Chumacero, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Luís Fernando Vincenti Vargas, Antonia Rodríguez Medrano, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Carmen Trujillo Cárdenas, Nila Heredia Miranda, María Esther Udaeta Velásquez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz, Nardy Suxo Iturry, Zulma Yugar Párraga.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-3058] Bolivia: Ley de Hidrocarburos, 17 de mayo de 2005
Ley de Hidrocarburos
[BO-DS-28701] Bolivia: Nacionalización de hidrocarburos “Héroes del Chaco”, DS Nº 28701, 1 de mayo de 2006
DECRETO SUPREMO DE NACIONALIZACION DE HIDROCARBUROS “HEROES DEL CHACO”
[BO-DS-29272] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29272, 12 de septiembre de 2007
Aprobar el Plan General de Desarrollo Económico y Social de la República: “Plan Nacional de Desarrollo: Bolivia Digna, Soberana, Productiva y Democrática para Vivir Bien - Lineamientos Estratégicos”
[BO-DS-29507] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29507, 9 de abril de 2008
Establece el marco normativo y la estrategia que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) implementará como una empresa estatal petrolera de carácter corporativo.
[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-DS-N86] Bolivia: Decreto Supremo Nº 86, 18 de abril de 2009
En el marco de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 29507 de 9 de abril de 2008, se otorga el carácter de Empresa Pública Nacional Estratégica a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos.
[BO-DS-N430] Bolivia: Decreto Supremo Nº 430, 10 de febrero de 2010
Reglamenta la aplicación del Presupuesto General del Estado - Gestión 2010.

Referencias a esta norma

[BO-DS-N1688] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1688, 14 de agosto de 2013
Aprueba el incremento salarial de hasta el ocho por ciento (8%) para los trabajadores de la Empresa Pública Nacional Estratégica - Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB, que será aplicado a partir del nivel 9 hasta el nivel 26 de la escala vigente, evitando superposición de niveles salariales. Se aplicará con carácter retroactivo al 1 de enero de 2013.
[BO-DS-N2091] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2091, 5 de septiembre de 2014
Aprueba: a) El Incremento Salarial de las trabajadoras y de los trabajadores de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB; b) La Escala Salarial de personal especializado de YPFB.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.