Bolivia: Decreto Supremo Nº 4284, 15 de julio de 2020

Decreto Supremo Nº 4284 JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que la Ley Nº 1135, de 20 de diciembre de 2018, aprueba el Presupuesto General del Estado, para la Gestión Fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019, en el marco de lo establecido por el numeral 11 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado.
  • Que las modificaciones presupuestarias que incrementan el presupuesto inicial se encuentran amparadas por la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria.
  • Que el Artículo 10 de la Ley Nº 2042, dispone que el Ministerio de Hacienda, actual Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Viceministro de Presupuesto y Contaduría, actual Viceministro de Presupuesto y Contabilidad Fiscal, mediante disposiciones de administración financiera, reglamentará y regulará la ejecución, seguimiento, supervisión, evaluación, ajustes y traspasos intra e interinstitucionales de los presupuestos aprobados dentro de los términos y límites de la citada Ley.
  • Que el Artículo 8 de la Ley Nº 2042, modificado por el Artículo 9 de la Ley Nº 3547, de 1 de diciembre de 2006, autoriza al Poder Ejecutivo, actual Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a incorporar en los Presupuestos Institucionales para su ejecución correspondiente, los recursos provenientes de donación y crédito externo de la gestión y los saldos de gestiones anteriores, para financiar gastos de capital, gastos corrientes y aplicaciones financieras, debiendo informar semestralmente al Honorable Congreso Nacional, actual Asamblea Legislativa Plurinacional, la inscripción de estos recursos.
  • Que la Ley Nº 1206, de 5 de agosto de 2019, aprueba las modificaciones al Presupuesto General del Estado – Gestión 2019, para las entidades del sector público y establece otras disposiciones financieras específicas para su aplicación.
  • Que los Estados Financieros del Órgano Ejecutivo Gestión Fiscal 2019, muestran en lo que corresponde, la ejecución del Presupuesto General del Estado, aprobado por Ley Nº 1135 para la gestión 2019, así como los gastos públicos enmarcados en el mismo.
  • Que en cumplimiento de las citadas disposiciones legales en vigencia, corresponde aprobar los Estados Financieros del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, por la gestión 2019.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se aprueban los Estados Financieros del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional de la gestión 2019, que comprenden la agregación de la ejecución presupuestaria, tesorería y contabilidad de los Ministerios de Estado, sus desconcentradas y otras unidades que conforman el Órgano Ejecutivo, lo cual no deslinda la responsabilidad por la administración directa realizada por sus Máximas Autoridades Ejecutivas.


El señor Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas Públicas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de julio del año dos mil veinte.
FDO. JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ, Karen Longaric Rodríguez, Yerko M. Núñez Negrette, Arturo Carlos Murillo Prijic, Luis Fernando López Julio MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE SALUD, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Víctor Hugo Zamora Castedo, Álvaro Rodrigo Guzmán Collao, José Abel Martínez Mrden MINISTRO DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMÍA PLURAL E INTERINO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, Iván Arias Durán, Jorge Fernando Oropeza Teran, Álvaro Eduardo Coímbra Cornejo, Oscar Bruno Mercado Céspedes, María Elva Pinckert de Paz, Víctor Hugo Cárdenas Conde, Beatriz Eliane Capobianco Sandoval.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 4284, 15 de julio de 2020
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAprueba los Estados Financieros del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional de la gestión 2019, que comprenden la agregación de la ejecución presupuestaria, tesorería y contabilidad de los Ministerios de Estado, sus desconcentradas y otras unidades que conforman el Órgano Ejecutivo, lo cual no deslinda la responsabilidad por la administración directa realizada por sus Máximas Autoridades Ejecutivas.
KeywordsGaceta 1291NEC, Decreto Supremo, julio/2020
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/168150
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1291NEC, 202009a.lexml
CreadorFDO. JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ, Karen Longaric Rodríguez, Yerko M. Núñez Negrette, Arturo Carlos Murillo Prijic, Luis Fernando López Julio MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE SALUD, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Víctor Hugo Zamora Castedo, Álvaro Rodrigo Guzmán Collao, José Abel Martínez Mrden MINISTRO DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMÍA PLURAL E INTERINO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, Iván Arias Durán, Jorge Fernando Oropeza Teran, Álvaro Eduardo Coímbra Cornejo, Oscar Bruno Mercado Céspedes, María Elva Pinckert de Paz, Víctor Hugo Cárdenas Conde, Beatriz Eliane Capobianco Sandoval.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1135] Bolivia: Ley Nº 1135, 6 de febrero de 1990
Camino Muyupampa - Machareti - Carandaiti - Fortín Villazón. Declárase de prioridad regional su construcción, Departamento de Chuquisaca
[BO-L-1206] Bolivia: Ley Nº 1206, 19 de noviembre de 1990
Sección municipal, créase la segunda en la Provincia Pantaleón Dalence, con capital Machacamarca
[BO-L-2042] Bolivia: Ley de Administracion Presupuestaria, 21 de diciembre de 1999
Ley de Administracion Presupuestaria. Publicada en Gaceta Oficial de Bolivia N° 2193
[BO-L-3547] Bolivia: Ley Nº 3547, 1 de diciembre de 2006
Modificaciones al Presupuesto General de la Nación 2006
[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-L-N1135] Bolivia: Ley del Presupuesto General del Estado Gestión 2019, 20 de diciembre de 2018
20 DE DICIEMBRE DE 2018.- LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO GESTIÓN 2019.
[BO-L-N1206] Bolivia: Ley Nº 1206, 7 de agosto de 2019
LEY DE MODIFICACIONES AL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO – GESTIÓN 2019.
[BO-DS-N4284] Bolivia: Decreto Supremo Nº 4284, 15 de julio de 2020
Aprueba los Estados Financieros del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional de la gestión 2019, que comprenden la agregación de la ejecución presupuestaria, tesorería y contabilidad de los Ministerios de Estado, sus desconcentradas y otras unidades que conforman el Órgano Ejecutivo, lo cual no deslinda la responsabilidad por la administración directa realizada por sus Máximas Autoridades Ejecutivas.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.