CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto:
Artículo 2°.- (Conformación)
Artículo 3°.- (Atribuciones) El Consejo Filatélico Boliviano, desarrollará sus actividades en sesiones ordinarias y extraordinarias de acuerdo a las siguientes atribuciones:
Artículo 4°.- (Autorización para emisión) El Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, a través del Viceministerio de Telecomunicaciones, autorizará las cantidades y valores faciales de los sellos postales a imprimir a solicitud de la Agencia Boliviana de Correos.
Artículo 5°.- (Diseño, impresión, emisión, distribución, custodia y comercialización) La Agencia Boliviana de Correos, tendrá a su cargo el diseño, impresión, emisión, distribución, custodia y comercialización de los sellos postales y productos filatélicos.
Disposición Transitoria Única.- En el plazo de hasta sesenta (60) días calendario a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, elaborará y aprobará mediante Resolución Ministerial el Reglamento de Funcionamiento del Consejo Filatélico Boliviano.
Disposición Final Única.- La aplicación del presente Decreto Supremo no comprometerá recursos del Tesoro General de la Nación - TGN.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 3854, 3 de abril de 2019 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 03 DE ABRIL DE 2019.- Tiene por objeto:a) Crear el Consejo Filatélico Boliviano; yb) Establecer las condiciones para la emisión de los sellos postales y productos filatélicos. | ||||
Keywords | Gaceta 1155NEC, Decreto Supremo, abril/2019 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/161464 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1155NEC, 201905a.lexml | ||||
Creador | |||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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