Bolivia: Decreto Supremo Nº 3286, 24 de agosto de 2017

Decreto Supremo Nº 3286
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que los numerales 8 y 9 del Parágrafo II del Artículo 299 de la Constitución Política del Estado, determinan que se ejercerán de forma concurrente por el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas, las competencias residuos industriales y tóxicos; y los proyectos de agua potable y tratamiento de residuos sólidos.
  • Que el Parágrafo IV del Artículo 88 de la Ley Nº 031, de 19 de julio de 2010, Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, distribuye las competencias concurrentes de acuerdo a las competencias concurrentes 8 y 9 del Parágrafo II del Artículo 299 de la Constitución Política del Estado.
  • Que la Ley Nº 436, de 14 de noviembre de 2013, aprueba el Contrato de Préstamo N° 2880/BL-BO suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, el 14 de agosto de 2013, por la suma de hasta $us.20.000.000.- (VEINTE MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados al financiamiento del “Programa para la implementación de la Gestión Integral de los Residuos Sólidos en Bolivia”, cuya suscripción fue autorizada mediante Decreto Supremo Nº 1685, de 9 de agosto de 2013.
  • Que la Ley Nº 755, de 28 de octubre de 2015, de Gestión Integral de Residuos, tiene por objeto establecer la política general y el régimen jurídico de la Gestión Integral de Residuos en el Estado Plurinacional de Bolivia, priorizando la prevención para la reducción de la generación de residuos, su aprovechamiento y disposición final sanitaria y ambientalmente segura, en el marco de los derechos de la Madre Tierra, así como el derecho a la salud y a vivir en un ambiente sano y equilibrado.
  • Que al existir la voluntad del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto para asumir el sesenta y seis punto seis por ciento (66.6%) de la cuota parte del “Proyecto de Implementación de la Gestión de Residuos Sólidos en el Municipio de El Alto” que forma parte del “Programa para la implementación de la Gestión Integral de los Residuos Sólidos en Bolivia”, es necesaria la modificación del Decreto Supremo Nº 1685.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se incorpora el Parágrafo V en el Artículo Único del Decreto Supremo Nº 1685, de 9 de agosto de 2013, con el siguiente texto:

“V. De manera excepcional para el “Proyecto Implementación de la Gestión de Residuos Sólidos en el Municipio de El Alto”
, el repago del Contrato de Préstamo N° 2880/BL-BO al que hace referencia el Parágrafo precedente, podrá ser asumido por el Gobierno Autónomo Municipal beneficiario, en un porcentaje del sesenta y seis punto seis por ciento (66.6%) de la cuota parte que el corresponde”.

Disposiciones adicionales

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA.- Se modifica el Parágrafo I de la Disposición Transitoria Tercera del Decreto Supremo Nº 3233, de 28 de junio de 2017, con el siguiente texto:

“I. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas transferir en bolivianos el equivalente a $us5.000.000 (CINCO MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES) con recursos del Tesoro General de la Nación - TGN a favor del Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social - FPS, para la ejecución de programas y proyectos en el marco del Plan Nacional de Empleo.”


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planificación del Desarrollo; de Economía y Finanzas Públicas; y de Medio Ambiente y Agua, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil diecisiete.
Fdo. EVO MORALES AYMA, Fernando Huanacuni Mamani, René Martínez Callahuanca, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Reymi Luis Ferreira Justiniano, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Carlos Rene Ortuño Yañez MINISTRO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA E INTERINO DE SALUD, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 3286, 24 de agosto de 2017
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
Sumario23 DE AGOSTO DE 2017.- Incorpora el Parágrafo V en el Artículo Único del Decreto Supremo N° 1685, de 9 de agosto de 2013.
KeywordsGaceta 989NEC, Decreto Supremo, agosto/2017
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/156327
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 989NEC, 201902b.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, Fernando Huanacuni Mamani, René Martínez Callahuanca, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Reymi Luis Ferreira Justiniano, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Carlos Rene Ortuño Yañez MINISTRO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA E INTERINO DE SALUD, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-L-N31] Bolivia: Ley marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, 19 de julio de 2010
Ley marco de autonomías y descentralización “Andrés Ibáñez”
[BO-DS-N1685] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1685, 12 de agosto de 2013
Autoriza a la Ministra de Planificación del Desarrollo, a suscribir con el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, el Contrato de Préstamo N° 2880/BL-BO por un monto de hasta $us20.000.000, destinados a financiar el Programa para la Implementación de la Gestión Integral de los Residuos Sólidos en Bolivia.
[BO-L-N436] Bolivia: Ley Nº 436, 25 de noviembre de 2013
De conformidad a lo establecido en el Artículo 158, Parágrafo I Numeral 10, de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Contrato de Préstamo N° 2880/BL-BO suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, en fecha 14 de agosto de 2013, por la suma de hasta $us.20.000.000.- (Veinte Millones 00/100 Dólares Estadounidenses), destinados al financiamiento del “Programa para la implementación de la Gestión Integral de los Residuos Sólidos en Bolivia”.
[BO-L-N755] Bolivia: Ley Nº 755, 28 de octubre de 2015
28 DE OCTUBRE DE 2015.- LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS.
[BO-DS-N3233] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3233, 25 de junio de 2017
28 DE JUNIO DE 2017.- Tiene por objeto:a) Autoriza transferencias público - privadas al Ministerio de Planificación del Desarrollo;b) Autoriza la suscripción del Convenio Subsidiario y Resolución Biministerial; yc) Modifica el Parágrafo III del Artículo Único del Decreto Supremo N° 3043.
[BO-DS-N3286] Bolivia: Decreto Supremo Nº 3286, 24 de agosto de 2017
23 DE AGOSTO DE 2017.- Incorpora el Parágrafo V en el Artículo Único del Decreto Supremo N° 1685, de 9 de agosto de 2013.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.