CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar los incisos a) y b) del Artículo 4, el Parágrafo I del Artículo 5, el Articulo 6 y el Anexo del Decreto Supremo Nº 2618, de 2 de diciembre de 2015.
Artículo 2°.- (Modificaciones)
Compra de: | En bolivianos |
---|---|
Ministerio de Defensa | 32.016.625 |
Alimentos secos y de consumo inmediatos | 10.600.125 |
Vestimenta, ropa de cama, zapatos e indumentaria de vestir | 2.000.000 |
Botiquines médicos y primeros auxilios | 100.500 |
Servicios de rehabilitación de los sistemas de agua potable y alcantarillado | 2.875.000 |
Alimento para animales (Forraje en evacuación) | 150.000 |
Material de construcción para reparar viviendas. vías de acceso y caminos | 4.291.000 |
Servicios para la perforación y rehabilitación de pozos de agua | 12.000.000 |
Ministerio de Medio Ambiente y Agua | 12.716.560 |
Insumos para almacenamiento, potabilización y distribución de agua y herramientas | 7.054.540 |
Insumos y servicios para saneamiento e higiene (Baños modulares, kits de higiene, contenedores de residuos sólidos, herramientas, mantenimiento y operacibn de los sistemas de saneamiento e higiene) | 3.936.120 |
Servicios para almacenamiento de unidades sanitarias y búsqueda de agua para consumo humano | 1.725.900 |
Ministerio de Salud | 4.347.080 |
Material educativo para la prevención de enfermedades inmunoprevenibles | 165.000 |
Vacunas, sueros, medicamentos, productos quimicos y farmacéuticos, otros insumos para la atención médica, control y vigilancia epidemiológica. | 1.182.080 |
Deslizadores | 1.000.000 |
Equipamiento, insumos y reactivos | 2.000.000 |
Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras | 17.387.182 |
Alimentos para animales (Forraje) | 4.000.000. |
Semillas, herramientas menores, insumos agrícolas. bebedores. mallas antigranizo, enfardadoras, para atención a los sectores productivos | 5.387.182 |
Vacunas, sales, vitaminas, antiparasitarios, kits de aplicación, equipos veterinarios, para la sanidad anirnal | 8.000.000 |
Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural | 10.000.000 |
Alimento para anirnales (Alimento balanceado, maiz. afrecho de trigo y subproductos de arroz) | 10.000.000 |
Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social | 14.571.429 |
Servicios, materiales y herramientas para la generación de empleo temporal por tres (3) meses | 14.571.429 |
Total | 91.038.876 |
Detalle | En bolivianos |
Logística | |
Uniste. de Defensa | 4.983.375 |
Ministerio de Medio Ambiente y Agua | 213.492 |
Ministerio de Salud | 2.720.000 |
Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras | 4.212.818 |
Administrativos | |
Fondo Nacional de Inversión Producible y Social | 728.571 |
Total | 12858258 |
CIIFEN | Centro Internacional paro lo Investigación del Fenómeno de El Niño |
CODERADE | Comité Departamental de Reducción de Riesgos y Atención de Desastres y/o Emergencias |
COMURADE | Comité Municipal de Reducción de Riesgos y Atención de Desastres y/o Emergencias |
CONARADE | Consejo Nacional de Reducción de Riesgos y Atención de Desastres y/o Emergencias |
COEN | Comité Operativo de Emergencias Nacional |
DGR | Dirección General de Riesgos |
MD | Ministerio de Defensa |
MDRyT | Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras |
MMAyA | Ministerio de Medio Ambiente y Agua |
MPD | Ministerio de Planificación del Desarrollo |
MS | Ministerio de Salud |
SENAMHI | Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología |
SINAGER | Sistema Integrado de Información y Alerta para la Gestión de Riesgos de Desastres |
SISRADE | Sistema paro la Reducción de Riesgos y Atención de Desastres y/o Emergencias |
UGR | Unidad de Gestión de Riesgos |
VIDECI | Vicemintsterio de Defensa Civil |
Constitución> | |
Ley>º 031, Marco de Descentralización y Autonomías, Art. 100 | |
Ley Nº 602 de Gestión de Riesgos | |
Decreto Supremo Nº 2342. Reglamento de la Ley Nº 602 de Gestión de Riesgos |
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 2675, 10 de febrero de 2016 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 10 DE FEBRERO DE 2016.- Modifica los incisos a) y b) del Artículo 4, el Parágrafo I del Artículo 5, el Artículo 6 y el Anexo del Decreto Supremo Nº 2618, de 2 de diciembre de 2015. | ||||
Keywords | Gaceta 832NEC, Decreto Supremo, febrero/2016 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/153552 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 832NEC, 201604a.lexml | ||||
Creador | FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Reymi Luis Ferreira Justiniano, Rene Gonzalo Orellana Halkyer, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Ana Veronica Ramos Morales, Milton Claros Hinojosa. Félix Cesar Navarro Miranda, Virginia Velasco Condori, José Gonzalo Trigoso Agudo, Ariana Campero Nava, María Alexandre Mocees Lopez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana. Hugo José Siles Nuñez del Prado, Lenny Tatiana Valdivia Bautista, Marko Marcelo Machicao Bankovic, Marianela Paco Durán, Tito Rolando Montaño Rivera. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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