CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer los requisitos y procedimientos que deberán cumplir las Empresas Públicas y las Empresas en las cuales el Estado tenga mayoría accionaria, para beneficiar a sus trabajadoras y trabajadores del incremento salarial.
Artículo 2°.- (Incremento salarial) El incremento salarial para las trabajadoras y los trabajadores de las Empresas Públicas del nivel central del Estado, será autorizado mediante Decreto Supremo expreso.
Artículo 3°.- (Porcentaje) El porcentaje de incremento salarial no podrá ser superior al incremento salarial aprobado anualmente para el sector público, de acuerdo a la utilidad neta y disponibilidad financiera de cada empresa.
Artículo 4°.- (Requisitos) Para ser beneficiarias del incremento salarial, las Empresas Públicas deberán cumplir los siguientes requisitos:
Artículo 5°.- (Procedimiento y plazos)
Artículo 6°.- (Incremento salarial para las empresas en las cuales el estado tenga mayoría accionaria)
Artículo final Único.- Las Empresas Públicas de los Gobiernos Autónomos Departamentales o Municipales, podrán fijar un incremento salarial, acorde a los parámetros establecidos anualmente para el sector público, de acuerdo a su sostenibilidad financiera y en el marco de su normativa vigente.
Artículo abrogatorio Único.- Se abroga el Decreto Supremo Nº 2002, de 16 de mayo 2014.
Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 2348, 1 de mayo de 2015 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 01 DE MAYO DE 2015.- Establece los requisitos y procedimientos que deberán cumplir las Empresas Públicas y las Empresas en las cuales el Estado tenga mayoría accionaria, para beneficiar a sus trabajadoras y trabajadores del incremento salarial. | ||||
Keywords | Gaceta 749NEC, Decreto Supremo, mayo/2015 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/153089 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 749NEC, 201505a.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, José Hugo Moldiz Mercado, Reymi Luis Ferreira Justiniano, Rene Gonzalo Orellana Halkyer, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Ana Veronica Ramos Morales, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Virginia Velasco Condori, José Gonzalo Trigoso Agudo, Ariana Campero Nava, María Alexandra Moreira Lopez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Hugo José Siles Nuñez del Prado, Lenny Tatiana Valdivia Bautista, Marko Marcelo Machicao Bankovic, Marianela Paco Duran, Tito Rolando Montaño Rivera. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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