Bolivia: Decreto Supremo Nº 1581, 15 de mayo de 2013

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el numeral 10 del Parágrafo II del Artículo 299 de la Constitución Política del Estado, establece como competencia concurrente entre el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas, los proyectos de riego.
  • Que el numeral 4.5.1 del Capítulo IV “Bolivia Productiva” del Plan Nacional de Desarrollo - PND, aprobado por Decreto Supremo Nº 29272, de 12 de septiembre de 2007, señala que la estrategia de Mejoramiento del Uso del Agua y la Gestión de los Sistemas de Riego, apunta a optimizar el uso del agua, mejorando la productividad de los cultivos, posibilitando además, el acceso al agua para riego en zonas que no son beneficiadas con las prácticas tradicionales. El Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 0163, de 10 de junio de 2009, crea la Entidad Ejecutora de Medio Ambiente y Agua - EMAGUA, bajo tuición del Ministerio de Medio Ambiente y Agua con la finalidad de ejecutar programas y proyectos de inversión para el desarrollo. El inciso d) del Artículo 5 del precitado Decreto Supremo, establece como competencia de EMAGUA, promover y ejecutar convenios de cooperación y/o cofinanciamiento con entidades públicas y/o privadas, para la ejecución de programas y proyectos de recursos hídricos, riego, agua potable, saneamiento básico, medio ambiente y cambios climáticos, en el marco de las políticas del Plan Nacional de Desarrollo y del Ministerio de Medio Ambiente y Agua.
  • Que el inciso c) del Artículo 95 del Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, dispone que es atribución de la Ministra(o) de Medio Ambiente y Agua, formular, y ejecutar una política integral de los recursos hídricos, para garantizar el uso prioritario del agua para la vida gestionando, protegiendo, garantizando y priorizando el uso adecuado y sustentable de los recursos hídricos, para el consumo humano, la producción alimentaria, y las necesidades de preservación y conservación de los ecosistema acuíferos, y la biodiversidad, respetando los usos y costumbres de las organizaciones indígena originario campesinas, en aplicación de los principios de solidaridad, reciprocidad, complementariedad, equidad, diversidad, sostenibilidad, y con participación social.
  • Que el objetivo principal del Programa de Riego “Agua y Cambio Climático” - 2007 65 610 es mejorar el manejo del agua de riego en las regiones especialmente afectadas por el cambio climático, de tal manera que se contribuya al aprovechamiento sostenible de las bases de la producción agropecuaria.
  • Que en este marco se ha gestionado ante el Kreditanstald für Wiederaufbau - KfW, Frankfurt am Main, un préstamo por un monto de hasta Euros12.000.000.- (DOCE MILLONES 00/100 EUROS), destinados al financiamiento del Programa de Riego “Agua y Cambio Climático” - 2007 65 610.
  • Que es necesario autorizar la suscripción del Contrato de Préstamo y de Ejecución del Programa con el KfW, Frankfurt am Main, a objeto de materializar el financiamiento para la ejecución del Programa de Riego “Agua y Cambio Climático” - 2007 65 610.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. Se autoriza a la Ministra de Planificación del Desarrollo, a suscribir con el Kreditanstald für Wiederaufbau - KfW, Frankfurt am Main, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, un Contrato de Préstamo y de Ejecución del Programa por un monto de hasta Euros12.000.000.- (DOCE MILLONES 00/100 EUROS), destinados a financiar la ejecución del Programa de Riego “Agua y Cambio Climático” - 2007 65 610.
  2. Una vez suscrito el Contrato de Préstamo y de Ejecución del Programa, deberá ser remitido a consideración y aprobación de la Asamblea Legislativa Plurinacional, en cumplimiento al numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado.
  3. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la suscripción de los respectivos convenios subsidiarios con el Ministerio de Medio Ambiente y Agua, la Entidad Ejecutora de Medio Ambiente y Agua - EMAGUA, en su condición de Entidad Ejecutora, para la transferencia de recursos externos y ejecución del Contrato de Préstamo y de Ejecución del Programa, y con los gobiernos autónomos departamentales de Santa Cruz, Cochabamba y Chuquisaca como responsables del repago del servicio de la deuda, a solicitud del Ministerio de Planificación del Desarrollo a través del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo.
  4. El repago de la deuda será asumido por los gobiernos autónomos departamentales de Santa Cruz, Cochabamba y Chuquisaca de acuerdo a los montos establecidos en la Estructura de Financiamiento del Programa de Riego “Agua y Cambio Climático” - 2007 65 610.
  5. La contraparte local será asumida por los gobiernos autónomos departamentales de Santa Cruz, Cochabamba y Chuquisaca, y los gobiernos autónomos municipales beneficiarios del Programa de Riego “Agua y Cambio Climático” - 2007 65 610.


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planificación del Desarrollo, de Economía y Finanzas Públicas, y de Medio Ambiente y Agua, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de mayo del año dos mil trece.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Mario Virreira Iporre, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, José Antonio Zamora Gutiérrez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres MINISTRA DE COMUNICACIÓN E INTERINA DE JUSTICIA.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 1581, 15 de mayo de 2013
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutoriza a la Ministra de Planificación del Desarrollo, a suscribir con el Kreditanstald für Wiederaufbau – KfW, Frankfurt am Main, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, un Contrato de Préstamo y de Ejecución del Programa por un monto de hasta Euros12.000.000, destinados a financiar la ejecución del Programa de Riego “Agua y Cambio Climático” - 2007 65 610.
KeywordsGaceta 524NEC, Decreto Supremo, mayo/2013
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/141873
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 524NEC, 201306a.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Mario Virreira Iporre, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, José Antonio Zamora Gutiérrez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres MINISTRA DE COMUNICACIÓN E INTERINA DE JUSTICIA.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-29272] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29272, 12 de septiembre de 2007
Aprobar el Plan General de Desarrollo Económico y Social de la República: “Plan Nacional de Desarrollo: Bolivia Digna, Soberana, Productiva y Democrática para Vivir Bien - Lineamientos Estratégicos”
[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-DS-29894] Bolivia: Estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, DS Nº 29894, 7 de febrero de 2009
Estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional
[BO-DS-N163] Bolivia: Decreto Supremo Nº 163, 10 de junio de 2009
Crea la Entidad Ejecutora de Medio Ambiente y Agua - EMAGUA, así como define su estructura organizativa, competencias y financiamiento.

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