Bolivia: Decreto Supremo Nº 1385, 17 de octubre de 2012

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que los numerales 4 y 6 del Artículo 316 de la Constitución Política del Estado, establecen las funciones del Estado en la economía, entre las que se encuentran participar directamente en la economía mediante el incentivo y la producción de bienes y servicios económicos y sociales para promover la equidad económica y social, e impulsar el desarrollo, evitando el control oligopólico de la economía; y promover prioritariamente la industrialización de los recursos naturales renovables y no renovables, en el marco del respeto y protección del medio ambiente, para garantizar la generación de empleo y de insumos económicos y sociales para la población.
  • Que el Decreto Supremo Nº 29254, de 5 de septiembre de 2007, crea la Empresa Pública Nacional Estratégica denominada Lácteos de Bolivia - LACTEOSBOL, bajo tuición del actual Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, con el objeto de incentivar la producción nacional con valor agregado, siendo su actividad principal la producción y comercialización de lácteos y productos relacionados.
  • Que mediante Decreto Supremo Nº 0404, de 20 de enero de 2010, se amplía las actividades y las fuentes de financiamiento de la Empresa Pública Nacional Estratégica LACTEOSBOL, teniendo como principal actividad la producción y comercialización de lácteos, bebidas alimenticias analcoholicas y productos relacionados.
  • Que el Decreto Supremo Nº 0590, de 4 de agosto de 2010, crea el Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas - SEDEM, como institución pública descentralizada con la finalidad de apoyar la puesta en marcha de las Empresas Públicas Productivas bajo su dependencia directa, entre ellas la Empresa Pública Productiva LACTEOSBOL.
  • Que es necesario incrementar los recursos de la Empresa Pública Productiva LACTEOSBOL, destinados a implementar una nueva planta procesadora de fruta, a fin de incrementar la producción nacional con valor agregado y coadyuvar a la seguridad alimentaria con soberanía.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a realizar aportes de capital por un monto adicional total de hasta Bs68.769.115.- (SESENTA Y OCHO MILLONES novecientos SESENTA Y NUEVE mil CIENTO QUINCE 00/100 BOLIVIANOS), con recursos provenientes del Tesoro General de la Nación - TGN, al Servicio de Desarrollo de Empresas Públicas Productivas - SEDEM, para la Empresa Lácteos de Bolivia - LACTEOSBOL.
  2. Para el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto Supremo, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a realizar las modificaciones presupuestarias correspondientes.

    Disposiciones finales

Artículo final Único.- El Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras coordinará e implementará programas de desarrollo agropecuario para fortalecer y ampliar el abastecimiento de materia prima a LACTEOSBOL.


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Economía y Finanzas Públicas, y de Desarrollo Productivo y Economía Plural, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil doce.
Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Ana Teresa Morales Olivera MINISTRA DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMÍA PLURAL E INTERINA DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Mario Virreira Iporre MINISTRO DE MINERÍA Y METALURGIA E INTERINO DE HIDROCARBUROS Y ENERGIA, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, José Antonio Zamora Gutiérrez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres MINISTRA DE COMUNICACIÓN E INTERINA DE JUSTICIA.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 1385, 17 de octubre de 2012
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a realizar aportes de capital por un monto adicional total de hasta Bs68.769.115, con recursos provenientes del Tesoro General de la Nación – TGN, al Servicio de Desarrollo de Empresas Públicas Productivas – SEDEM, para la Empresa Lácteos de Bolivia – LACTEOSBOL.
KeywordsGaceta 432NEC, Decreto Supremo, octubre/2012
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/141335
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 432NEC, 201210c.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Ana Teresa Morales Olivera MINISTRA DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMÍA PLURAL E INTERINA DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Mario Virreira Iporre MINISTRO DE MINERÍA Y METALURGIA E INTERINO DE HIDROCARBUROS Y ENERGIA, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, José Antonio Zamora Gutiérrez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres MINISTRA DE COMUNICACIÓN E INTERINA DE JUSTICIA.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-29254] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29254, 5 de septiembre de 2007
Crea la empresa pública nacional estratégica denominada Lácteos de Bolivia, cuya sigla es LACTEOSBOL, determina su naturaleza jurídica, objeto, actividades, patrimonio y creación de su Directorio.
[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-DS-N404] Bolivia: Decreto Supremo Nº 404, 20 de enero de 2010
Amplia las actividades y las fuentes de financiamiento de la Empresa Pública Nacional Estratégica Lácteos de Bolivia - LACTEOSBOL.
[BO-DS-N590] Bolivia: Decreto Supremo Nº 590, 4 de agosto de 2010
Crea el Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas - SEDEM y define los lineamientos para el funcionamiento de las Empresas Públicas Productivas que se encuentran bajo tuición del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural.

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