Bolivia: Decreto Supremo Nº 1296, 18 de julio de 2012

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, dispone que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.
  • Que la Ley Nº 2061, de 16 de marzo de 2000, crea el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inociudad Alimentaria - SENASAG, como estructura operativa del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, actual Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, encargado de administrar el Régimen de Sanidad Agropecuaria e Inociudad Alimentaria, el cual tiene entre sus competencias: La protección sanitaria del patrimonio agropecuario y forestal; control, prevención, erradicación de plagas y enfermedades en animales y vegetales, entre otras.
  • Que el Artículo 24 del Decreto Supremo Nº 1134, de 8 de febrero de 2012, que reglamenta la aplicación de la Ley Nº 211, de 23 de diciembre de 2011, del Presupuesto General del Estado - Gestión 2012, señala que la definición de las remuneraciones de los consultores de línea, debe estar establecida en función a la escala salarial; para lo cual, las Unidades Administrativas de cada entidad, elaborarán el cuadro de equivalencia de funciones que será avalado por la Unidad Jurídica y autorizada por la Máxima Autoridad Ejecutiva - MAE de la entidad.
  • Que el Parágrafo I del Artículo 33 del precitado Decreto Supremo, establece que los casos que no correspondan a contraparte nacional, la inscripción de incremento del presupuesto en las partidas 25200 “Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión No Capitalizables” y 46000 “Estudios y Proyectos para Inversión”, deberá aprobarse mediante Decreto Supremo.
  • Que a fin de continuar con la ejecución del Programa Nacional de Control de Moscas de la Fruta - PROMOSCA, el SENASAG, dependiente del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, requiere autorizar el incremento del gasto en consultorías, de acuerdo a las justificaciones técnicas y legales.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se autoriza al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras incrementar la subpartida 25820 “Consultores de Línea” en Bs217.452.- (DOSCIENTOS diecisiete mil CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS 00/100 BOLIVIANOS), destinados a la ejecución de las actividades planificadas del Proyecto PROMOSCA del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inociudad Alimentaria - SENASAG, a través de un traspaso presupuestario interinstitucional del Gobierno Autónomo Departamental de Oruro, afectando la subpartida 77100 “Transferencias de Capital al Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional por Subsidios o Subvenciones” en el mismo monto, financiados con Fuente42 “Transferencias de Recursos Específicos” y Organismo Financiador 220 “Regalías”, para dar continuidad a las actividades planificadas para la gestión 2012.


Las señoras Ministras de Estado en los Despachos de Planificación del Desarrollo, y de Desarrollo Rural y Tierras, quedan encargadas de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil doce.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz MINISTRO DE GOBIERNO E INTERINO DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Mario Virreira Iporre, Cecilia Luisa Ayllon Quinteros, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, Felipe Quispe Quenta, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 1296, 18 de julio de 2012
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutoriza al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras incrementar la subpartida 25820 “Consultores de Línea” en Bs217.452, destinados a la ejecución de las actividades planificadas del Proyecto PROMOSCA del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria – SENASAG, a través de un traspaso presupuestario interinstitucional del Gobierno Autónomo Departamental de Oruro, afectando la subpartida 77100 “Transferencias de Capital al Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional por Subsidios o Subvenciones” en el mismo monto, financiados con Fuente 42 “Transferencias de Recursos Específicos” y Organismo Financiador 220 “Regalías”.
KeywordsGaceta 398NEC, 2012-07-19, Decreto Supremo, julio/2012
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/140060
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 398NEC - Publicado el: 2012-07-19, 201207d.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz MINISTRO DE GOBIERNO E INTERINO DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Mario Virreira Iporre, Cecilia Luisa Ayllon Quinteros, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, Felipe Quispe Quenta, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2042] Bolivia: Ley de Administracion Presupuestaria, 21 de diciembre de 1999
Ley de Administracion Presupuestaria. Publicada en Gaceta Oficial de Bolivia N° 2193
[BO-L-2061] Bolivia: Ley Nº 2061, 16 de marzo de 2000
Créase el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria SENASAG
[BO-L-N211] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 2012, 23 de diciembre de 2011
LEY DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO – GESTIÓN 2012.
[BO-DS-N1134] Bolivia: Decreto Supremo Nº 1134, 8 de febrero de 2012
Reglamenta la aplicación de la Ley N° 211, de 23 de diciembre de 2011, del Presupuesto General del Estado – Gestión 2012.

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