CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se excluye del alcance del inciso g) del Parágrafo I del Artículo 9 del Anexo del Decreto Supremo N° 28963, de 6 de diciembre de 2006, incorporado por el Artículo 3 del Decreto Supremo N° 29836, de 3 de diciembre de 2008, a la importación de vehículos automotores, en calidad de donación a entidades públicas, con una antigüedad no mayor a cinco (5) años.
Artículo adicional Único.- Se autoriza de manera excepcional y por única vez el Despacho Aduanero de treinta y cinco (35) vehículos automotores, consistentes en seis (6) ambulancias y veinte y nueve (29) camionetas, que utilizan diesel oíl como combustible y cuya cilindrada es inferior a cuatro mil centímetros cúbicos (4.000 c.c.) a favor del Comando de Ingeniería del Ejército, destinados a la ejecución de proyectos estratégicos de infraestructura vial, social y productiva del país, excluyéndose a dicho Despacho del alcance del inciso g) del Parágrafo I del Artículo 9 del Anexo del Decreto Supremo N° 28963, incorporado por el Artículo 3 del Decreto Supremo N° 29836.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 1227, 9 de mayo de 2012 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Excluye del alcance del inciso g) del Parágrafo I del Artículo 9 del Anexo del Decreto Supremo N° 28963, de 6 de diciembre de 2006, incorporado por el Artículo 3 del Decreto Supremo N° 29836, de 3 de diciembre de 2008, a la importación de vehículos automotores, en calidad de donación a entidades públicas, con una antigüedad no mayor a cinco (5) años. | ||||
Keywords | Gaceta 371NEC, 2012-05-09, Decreto Supremo, mayo/2012 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/139869 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 371NEC - Publicado el: 2012-05-09, 201205a.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Mario Virreira Iporre, Cecilia Luisa Ayllon Quinteros, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, Felipe Quispe Quenta, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo MINISTRO DE CULTURAS E INTERINO DE EDUCACIÓN, Amanda Dávila Torres. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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