Considerando:

  • Que, la Prefectura del Departamento de La Paz, ha organizado el proceso administrativo de creación de la Tercera Sección Municipal de la Provincia Los Andes;
  • Que, la Población de Batallas ha alcanzado un grado de desarrollo económico y un incremento Suficiente para constituirse en Sección Municipal;
  • Que, por otra parte se han cumplido con las formalidades prescritas en las en las leyes de 17 de septiembre de 1890 y 20 de noviembre de 1941. -

EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA:

Artículo 1°.- Créase la Tercera Sección Municipal de la Provincia Los Andes del Departamento de La Paz, con capital Batallas.

Artículo 2°.- De conformidad con los dispuesto por el artículo 6to. del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográñco Militar queda encargado de la delimitación jurisdiccional de la nombrada Sección Municipal.


El señor Ministerio del Interior. queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de septiembre de mil novecientos setenta años.
FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA: Juan Ayoroa Ayoroa; David La Fuente Soto; Mariano Baptista Gumucio; Jaime Paz Soldán Pol; Oscar Bonifaz Gutiérrez; León Kolle Cueto; Javier Ossio Quezada; José Ortiz Mercado; Carlos Carrasco Femández; Rolando Aguilera Pareia; Eduardo Quintanilla Ybarnegaray.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 9398, 17 de septiembre de 1970
Fecha2015-10-22FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCréase la Tercera Sección Municipal de la Provincia Los Andes del Departamento de La Paz
KeywordsDecreto Supremo, septiembre/1970
Origenhttps://www.lexivox.org/norms/BO-DS-9398.html
Referencias1825-1960.lexml
CreadorFDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA: Juan Ayoroa Ayoroa; David La Fuente Soto; Mariano Baptista Gumucio; Jaime Paz Soldán Pol; Oscar Bonifaz Gutiérrez; León Kolle Cueto; Javier Ossio Quezada; José Ortiz Mercado; Carlos Carrasco Femández; Rolando Aguilera Pareia; Eduardo Quintanilla Ybarnegaray.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-2282] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2282, 5 de diciembre de 1950
Instituto Geográfico y Catastración. Se centralizan sus operaciones.

Referencias a esta norma

[BO-L-654] Bolivia: Ley Nº 654, 18 de octubre de 1984
Sección municipal 3a, se eleva a ley el d.s. 09398 de 17 de septiembre de 1970, por el que se crea en la Provincia los andes, La Paz, capital batallas

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