Bolivia: Decreto Supremo Nº 29597, 11 de junio de 2008

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Plan Nacional de Desarrollo - PND aprobado por Decreto Supremo Nº 29272 de 12 de septiembre de 2007, tiene entre sus objetivos el de configurar una Bolivia digna, soberana, productiva y democrática para que todos los bolivianos y las bolivianas vivan bien.
  • Que el objetivo de “Bolivia Digna” comprende la erradicación de la pobreza y la inequidad, de manera de lograr un patrón equitativo de distribución y/o redistribución de ingresos, riqueza y oportunidades; y está conformada por los sectores generadores de activos y condiciones sociales, y por la política, estrategias y programas intersectoriales de Protección Social y Desarrollo Integral Comunitario.
  • Que mediante Decreto Supremo Nº 29246 de 22 de agosto de 2007, se establece la Política de Protección Social y Desarrollo Integral Comunitario - RPS-DIC, en el marco del PND, con los objetivos de: contribuir a erradicar las causas estructurales de la pobreza, extrema pobreza, exclusión vulnerabilidad y riesgos de personas, familias y comunidades, coadyuvar a la restitución y fortalecimiento de los derechos y capacidades de la población principalmente de los indígenas, originarios y campesinos y; fortalecer el modelo comunitario urbano y rural que se sustenta en los valores de la comunidad, el control social directo y la transparencia, las formas organizativas propias de las poblaciones locales y la identidad cultural y territorial.
  • Que la RPS-DIC, se basa en los principios de integralidad, territorialidad, enfoque comunitario, impacto y autogestión y se desarrolla en base a estrategias, entre ellas, la de generación de oportunidades y activos sociales, y a través de programas como ser “Jóvenes en Acción” y “Mi Primer Empleo Digno”, entre otros, dirigido a incrementar la inserción laboral de jóvenes, mujeres y varones de escasos recursos, bachilleres de áreas peri - urbanas, mejorando sus condiciones de empleabilidad en el mercado de trabajo, mediante programas de capacitación y pasantía.
  • Que en el marco del PND y las RPS-DIC es preciso reducir la desnutrición crónica en niños que viven en las áreas rurales más vulnerables del territorio del país, así como, mejorar la administración y operacionalidad del programa de desarrollo de habilidades para jóvenes desempleados de bajos ingresos.
  • Que en este marco de la política del gobierno nacional se ha gestionado ante el Banco Mundial - Asociación Internacional de Fomento - AIF, un acuerdo para la concesión a la República de Bolivia de un crédito de hasta DEG 10.900.000.- (DIEZ MILLONES novecientos mil 00/100 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO), destinados a financiar los objetivos señalados.
  • Que a este fin es preciso autorizar la suscripción del respectivo Convenio de Crédito con el Banco Mundial - Asociación Internacional de Fomento - AIF, a objeto de concretizar el financiamiento gestionado.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. Se autoriza a la Ministra de Planificación del Desarrollo e indistintamente al Embajador de Bolivia en los Estados Unidos de Norteamérica, suscriba con el Banco Mundial, en nombre y representación del Gobierno de la República de Bolivia, el Convenio de Crédito de hasta DEG 10.900.000.- (DIEZ MILLONES novecientos mil 00/100 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO), destinados a financiar el “Proyecto de Inversión en Niños y Jóvenes”. Una vez suscrito, el Convenio de Crédito deberá ser remitido a consideración del Poder Legislativo en cumplimiento a lo dispuesto por la Atribución 5ª del Artículo 59 de la Constitución Política del estado.
  2. Se autoriza al Ministerio de Hacienda la suscripción de la Resolución Bi - Ministerial con el Ministerio de Planificación del Desarrollo, para la transferencia de los recursos y ejecución del Convenio de Crédito.
  3. Se autoriza al Ministerio de Hacienda la suscripción de los Convenios Subsidiarios con el Ministerio de Salud y Deportes y el Ministerio del Trabajo para la transferencia de recursos y ejecución del Convenio de Crédito, a solicitud del Ministerio de Planificación del Desarrollo a través del Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo.


Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Planificación del Desarrollo y de Hacienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los once días del mes de junio del año dos mil ocho.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Walker San Miguel Rodriguez, Alfredo Octavio Rada Vélez, Celima Torrico Rojas, Graciela Toro Ibañez, Luis Alberto Arce Catacora, René Gonzalo Orellana Halkyer, Angel Javier Hurtado Mercado, Oscar Coca Antezana, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros, Maria Magdalena Cajías de la Vega, Walter Selum Rivero, Héctor E. Arce Zaconeta.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 29597, 11 de junio de 2008
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutoriza a la Ministra de Planificación del Desarrollo e indistintamente al Embajador de Bolivia en los Estados Unidos de Norteamérica, suscriba con el Banco Mundial, en nombre y representación del Gobierno de la República de Bolivia, el Convenio de Crédito de hasta DEG 10.900.000.- (DIEZ MILLONES NOVECIENTOS MIL 00/100 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO), destinados a financiar el “Proyecto de Inversión en Niños y Jóvenes”.
KeywordsGaceta 3096, 2008-06-11, Decreto Supremo, junio/2008
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/27112
Referencias2008.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Walker San Miguel Rodriguez, Alfredo Octavio Rada Vélez, Celima Torrico Rojas, Graciela Toro Ibañez, Luis Alberto Arce Catacora, René Gonzalo Orellana Halkyer, Angel Javier Hurtado Mercado, Oscar Coca Antezana, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros, Maria Magdalena Cajías de la Vega, Walter Selum Rivero, Héctor E. Arce Zaconeta.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20040413] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2004, 13 de abril de 2004
Constitución Política del Estado de 2004
[BO-DS-29246] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29246, 22 de agosto de 2007
Establece la Política de Protección Social y Desarrollo Integral Comunitario, sus objetivos, principios, el instrumento y mecanismos de articulación, coordinación y ejecución de sus Programas, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo - PND.
[BO-DS-29272] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29272, 12 de septiembre de 2007
Aprobar el Plan General de Desarrollo Económico y Social de la República: “Plan Nacional de Desarrollo: Bolivia Digna, Soberana, Productiva y Democrática para Vivir Bien - Lineamientos Estratégicos”

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.