Bolivia: Decreto Supremo Nº 29362, 5 de diciembre de 2007

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la Ley Nº 3351 de 21 de febrero de 2006, de Organización del Poder Ejecutivo, determina las atribuciones y competencias del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente.
  • Que el Artículo 71 del Decreto Supremo Nº 28631 de 8 de marzo de 2006, Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, establece dentro la estructura jerárquica del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, a la Superintendencia Forestal como Institución Pública Autárquica.
  • Que la Ley Nº 1700 de 12 de julio de 1996, crea la Superintendencia Forestal como parte integrante del Sistema de Regulación de Recursos Naturales Renovables - SIRENARE, constituido como órgano autárquico, con personalidad jurídica, jurisdicción nacional e independencia técnica, administrativa y económica, siendo su principal atribución la de vigilar el cabal cumplimiento del Régimen Forestal de la Nación disponiendo las medidas correctivas y sanciones pertinentes conforme a su Ley y Estatuto.
  • Que el Artículo 20 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, prohíbe a las entidades públicas la compra de vehículos, por lo que es necesario emitir una norma de igual jerarquía para que se autorice a la Superintendencia Forestal la adquisición de diez (10) camionetas doble cabina, tracción 4X4, motor a gasolina, modelo Standard, que permitan el cumplimiento de sus objetivos.
  • Que el Servicio Nacional de Patrimonio del Estado -SENAPE, mediante Certificado Sin Número, de fecha 14 de agosto de 2007, establece la inexistencia de diez (10) vehículos tipo camionetas doble cabina, tracción 4X4, motor a gasolina, modelo Standard.
  • Que la justificación técnica e informe legal, emitidos por la Superintendencia Forestal dependiente del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, establece la necesidad de la adquisición de diez (10) camionetas doble cabina, tracción 4X4, motor a gasolina, modelo Standard, para realizar la regulación efectiva de derechos y control forestal en bosques y tierras forestales con efectividad, a fin de responder las exigencias operativas de transporte al personal técnico; además, la utilización de recursos económicos para dicha adquisición, no ocasionará mayor erogación al Tesoro General de la Nación - TGN.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. Se Autoriza a la Superintendencia Forestal, bajo tuición del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, la compra de diez (10) camionetas doble cabina, tracción 4X4, motor a gasolina, modelo estándar, para el desarrollo de sus actividades de campo, de acuerdo a la distribución detallada en Anexo 1 adjunto, en el marco de las disposiciones y normas vigentes del Sistema de Administración de Bienes y Servicios de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales.
  2. La compra de cuatro (4) camionetas se financiará con recursos de saldos acumulados de fondos propios y las restantes, con fondos para inversión del Banco Interamericano de Desarrollo - BID.


La Señora Ministra de Estado, en el Despacho de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, queda encargada de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil siete.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA É INTERINO DE DEFENSA NACIONAL, Alfredo Rada Vélez, Celima Torrico Rojas, Gabriel Loza Tellería, Luis Alberto Arce Catacora, Walter Valda Rivera, Celinda Sosa Lunda MINISTRA DE PRODUCCIÓN Y MICROEMPRESA É INTERINA DE OO. PP. SERVICIOS Y VIVIENDA, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter Delgadillo Terceros, María Magdalena Cajías de la Vega, Nila Heredia Miranda.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 29362, 5 de diciembre de 2007
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutoriza a la Superintendencia Forestal, bajo tuición del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, la compra de diez (10) camionetas doble cabina, tracción 4X4, motor a gasolina, modelo estándar, para el desarrollo de sus actividades de campo.
KeywordsGaceta 3047, 2007-12-05, Decreto Supremo, diciembre/2007
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26875
Referencias2007.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA É INTERINO DE DEFENSA NACIONAL, Alfredo Rada Vélez, Celima Torrico Rojas, Gabriel Loza Tellería, Luis Alberto Arce Catacora, Walter Valda Rivera, Celinda Sosa Lunda MINISTRA DE PRODUCCIÓN Y MICROEMPRESA É INTERINA DE OO. PP. SERVICIOS Y VIVIENDA, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter Delgadillo Terceros, María Magdalena Cajías de la Vega, Nila Heredia Miranda.
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PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1178] Bolivia: Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO), 20 de julio de 1990
Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO)
[BO-L-1700] Bolivia: Ley Forestal, 12 de julio de 1996
Ley Forestal
[BO-DS-27327] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27327, 31 de enero de 2004
Marco de austeridad racionalizando el gasto de las entidades públicas, exceptuando los Gobiernos Municipales y Universidades.
[BO-L-3351] Bolivia: Ley de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE), 10 de febrero de 2006
Ley de Organización del Poder Ejecutivo. Publicada en Gaceta N° 2863
[BO-DS-28631] Bolivia: Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, DS Nº 28631, 8 de marzo de 2006
reglamentar la Ley Nº 3351, de 21 febrero de 2006, de Organización del Poder Ejecutivo, en el marco de la política definida por el Gobierno Nacional

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