CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- (Objeto)
Se aprueba el Reglamento a la Ley Nº 3467 de 12 de septiembre de 2006, para la Importación de Vehículos Automotores, Aplicación del Arrepentimiento Eficaz y la Política de Incentivos y Desincentivos, mediante la aplicación del Impuesto a los Consumos Específicos, que en Anexo forma parte del presente Decreto Supremo.
Artículo transitorio 1°.- Los vehículos que cuenten con parte de recepción de Zona Franca industrial, emitidos desde el 21 de agosto hasta el 21 de diciembre de 2006, se acogerán a lo dispuesto en la siguiente tabla:
Modelo Año | Factor de Depreciación | Factor de Calculo GNV |
---|---|---|
0 años de antigüedad | 1.000 | 0.500 |
1 año de antigüedad | 0.800 | 0.400 |
2 años de antigüedad | 0.640 | 0.320 |
3 años de antigüedad | 0.512 | 0.256 |
4 años de antigüedad | 0.410 | 0.205 |
5 años de antigüedad | 0.328 | 0.164 |
6 años de antigüedad | 0.262 | 0.131 |
7 años de antigüedad | 0.210 | 0.131 |
8 años de antigüedad | 0.168 | 0.131 |
9 o más años de antigüedad | 0.134 | 0.131 |
Artículo abrogatorio Único.- Se abrogan las siguientes disposiciones:
- Decreto Supremo Nº 28141 de 16 de mayo de 2005.
- Decreto Supremo Nº 28308 de 26 de agosto de 2005.
- Decreto Supremo Nº 28826 de 23 de agosto de 2006.
Artículo derogatorio Único.- Se deroga el Numeral III del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 27341 de 31 de enero de 2004.
Se deja sin efecto la Resolución Multiministerial Nº 003 de 6 de marzo de 2006 y todas las Resoluciones emitidas en cumplimiento al Numeral III del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 27341.
Se derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 28963, 6 de diciembre de 2006 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se aprueba el Reglamento a la Ley Nº 3467 para la Importación de Vehículos Automotores | ||||
Keywords | Gaceta 94ESP, 2006-12-12, Decreto Supremo, diciembre/2006 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26468 | ||||
Referencias | 2006.lexml | ||||
Creador | FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Walker San Miguel Rodríguez, Casimira Rodríguez Romero Ministra de Justicia e Interina de Gobierno, Abel Mamani Marca, Celinda Sosa Lunda Ministra de Producción y Microempresas e Interina de Hacienda, Salvador Ric Riera Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda e Interino de Planificación del Desarrollo, Hugo Salvatierra Gutiérrez, Carlos Villegas Quiroga, José Guillermo Dalence Salinas, Santiago Alex Gálvez Mamani, Félix Patzi Paco, Nila Heredia Miranda. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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