Bolivia: Decreto Supremo Nº 28754, 21 de junio de 2006

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Ministerio de Educación y Culturas en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 90 de la Constitución Política del Estado y la Ley Nº 1565 de 7 de julio de 1994 - Ley de la Reforma Educativa, tiene la función de impulsar el desarrollo de la Educación Boliviana y a las instituciones educativas de Nivel Superior asegurando el cumplimiento de los fines y objetivos del Sistema Educativo Nacional, además de fomentar el desarrollo científico y tecnológico.
  • Que el Artículo 138 del Reglamento del Decreto Supremo Nº 25964 de 21 de Octubre de 2000, establece que todos los inmuebles que forma parte del patrimonio de la entidad deben ser registrados a su nombre en Derechos Reales y en el Catastro Municipal que corresponda, actividad que estará a cargo de las autoridades correspondientes.
  • Que la Ley de 15 de noviembre de 1887 y Decreto Supremo Nº 27957 de 24 de diciembre de 2004 reglamenta los requisitos exigidos para el registro en Derechos Reales, prohibiendo el mismo cuando no exista antecedente dominial.
  • Que tanto la inscripción como la publicidad constituyen los elementos imprescindibles para que el derecho sobre bienes reales sea oponible a terceros y se garantice con aquello la seguridad jurídica de las transacciones, lo que redundará en beneficio de la actividad económica del país.
  • Que el Artículo 15 de la Ley Nº 1565, el Artículo 37 del Decreto Supremo Nº 25232 de 27 de noviembre de 1998, la Resolución Ministerial Nº 92/03 de 13 de junio de 2003 y Resolución Ministerial Nº 012/06 de 12 de enero de 2006, establecen la tuición del Ministerio de Educación y Culturas sobre el Instituto Normal Superior de Educación Física - INSEF “Antonio José de Sucre”.
  • Que el Ministerio de Educación y Culturas, ha dotado al INSEF de las siguientes propiedades inmuebles para el cumplimiento de los objetivos de formación de profesionales en Actividad Física: En la Calle Francisco de Miranda Nº 2135, donde funcionaba el internado de damas y actualmente el Edificio Central desde 1978; una cancha abierta ubicada en la calle Juan Ulloa s/n, para las actividades prácticas; en la calle Juan de Vargas Nº 311, donde funcionaba el internado de varones desde el año 1956. Sin embargo, no ha transferido la propiedad, quedando en consecuencia estas propiedades bajo titularidad del Ministerio de Educación y Culturas.
  • Que es necesario regularizar la titularidad de dichos inmuebles para asegurar por parte del Gobierno Central el destino y fin para el cual han sido destinados.
  • Que en reunión del Consejo Nacional de Política Económica y Social - CONAPES del 19 de junio de 2006, se determinó aprobar el presente Decreto Supremo, a solicitud del Ministerio de Educación y Culturas.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar de manera excepcional el reconocimiento del derecho propietario del Ministerio de Educación y Culturas de los siguientes inmuebles:

UBICACIONSUPERFICIECODIGO CATASTRAL
1.C. Francisco de Miranda Nº 2135763 m2014-0051-2
2.C. Hugo Estrada Esq. Juan Ulloa651 m2014-0006-8
3.C. Juan de Vargas Nº 311717.20 m2014-0058-16

Artículo 2°.- (Inscripcion) El presente documento junto a las fotocopias legalizadas de los planos catastrales servirán de único título para su respectiva inscripción en Derechos Reales a nombre del Ministerio de Educación y Culturas como Primer asiento de titularidad.

Artículo 3°.- (Transferencia a titulo gratuito) Una vez perfeccionado el derecho propietario de los bienes inmuebles señalados en el Artículo 1, el Ministerio de Educación y Culturas transferirá a título gratuito los bienes inmuebles antes mencionados a favor del INSEF, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 184 del Reglamento del Decreto Supremo Nº 25964 de 21 de octubre de 2000.


El Señor Ministro de Estado en el Despacho de Educación y Culturas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de junio del año dos mil seis.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alicia Muñoz Alá, Walker San Miguel Rodríguez, Casimira Rodríguez Romero, Carlos Villegas Quiroga, Luís Alberto Arce Catacora, Abel Mamani Marca, Celinda Sosa Lunda, Salvador Ric Riera, Hugo Salvatierra Gutiérrez, Andrés Soliz Rada, Walter Villarroel Morochi, Santiago Alex Gálvez Mamani, Félix Patzi Paco, Nila Heredia Miranda.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 28754, 21 de junio de 2006
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutorizar de manera excepcional el reconocimiento del derecho propietario del Ministerio de Educación y Culturas de varios inmuebles (INSEF) en la ciudad de La Paz.
KeywordsGaceta 2898, 2006-06-22, Decreto Supremo, junio/2006
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26259
Referencias2006.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alicia Muñoz Alá, Walker San Miguel Rodríguez, Casimira Rodríguez Romero, Carlos Villegas Quiroga, Luís Alberto Arce Catacora, Abel Mamani Marca, Celinda Sosa Lunda, Salvador Ric Riera, Hugo Salvatierra Gutiérrez, Andrés Soliz Rada, Walter Villarroel Morochi, Santiago Alex Gálvez Mamani, Félix Patzi Paco, Nila Heredia Miranda.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1565] Bolivia: Ley de Reforma Educativa, 7 de julio de 1994
Ley de Reforma Educativa
[BO-DS-25232] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25232, 27 de noviembre de 1998
Servicio Departamental de Educacion.
[BO-DS-27957] Bolivia: Reglamento, modificación y actualización a la Ley de Inscripción de Derechos Reales, DS Nº 27957, 24 de diciembre de 2004
REGLAMENTO, MODIFICACIÓN Y ACTUALIZACION A LA LEY DE INSCRIPCIÓN DE DERECHOS REALES.

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