Bolivia: Decreto Supremo Nº 28621, 19 de febrero de 2006

EVO MORALES AIMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que mediante el Artículo 11 del Decreto Supremo Nº 28473 de 2 de diciembre de 2005, se autoriza la Licitación Internacional para la exploración, explotación, fundición, industrialización, comercialización y transporte de minerales de los yacimientos del Mutún.
  • Que el Ministerio de Desarrollo Económico, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 11 del Decreto Supremo Nº 28473, convocó públicamente a la Licitación Internacional Nº MDE/ARPC/LIC/01/2005.
  • Que a raíz de las elecciones nacionales del 18 de diciembre de 2005, se procedió a la conformación de una nueva administración gubernamental, por lo que, el Gobierno de Transición, de Rodríguez Veltzé, determinó la postergación de la Licitación Internacional Nº MDE/ARPC/LIC/01/2005, por 60 días calendarios, a partir del 20 de diciembre del 2005.
  • Que el actual Gobierno Nacional, en el proceso de Licitación Internacional del Proyecto Siderúrgico del Mutún, ha establecido insuficiencias, tanto en el Pliego de Condiciones como en el Contrato elaborado para ese efecto.
  • Que con la finalidad de regularizar el proceso de Licitación Internacional del Proyecto Siderúrgico del Mutún y corregir anomalías señaladas por instituciones y sectores sociales, se conformó una Comisión Interministerial, encargada de realizar consultas con las empresas proponentes, revisar y modificar los términos del Pliego de condiciones y Contrato de Licitación, para sugerir al Poder Ejecutivo alternativas de solución, a fin de lograr transparencia en las disposiciones legales que regulan este proceso y en las acciones del Gobierno Nacional.
  • Que el Consejo Departamental del Departamento Santa Cruz ha emitido una Resolución, en la que determina que se debe mejorar las condiciones del Pliego de condiciones y el Contrato con miras a la industrialización del hierro del Mutún y sus derivados.
  • Que el Gobierno Nacional en el esfuerzo de concertación con los Comités Cívicos de Santa Cruz y Puerto Suárez, así como, con las Empresas proponentes y las Organizaciones Sociales, han logrado arribar a un acuerdo para revisar y modificar los Pliegos de Condiciones y el Contrato de Licitación, además el acuerdo de postergar la Licitación Internacional del Proyecto Metalúrgico del Mutún.
  • Que el Gobierno Nacional tiene la voluntad indeclinable de obtener mejores precios, la industrialización de materias primas y preservar el medio ambiente con la utilización del gas natural para generar mayor valor agregado, garantizando la presencia del Estado en todas las actividades económicas, del mencionado proceso, a fin de ampliar los beneficios a favor del pueblo boliviano.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se Dispone la postergación del proceso de Licitación Pública Internacional Nº MDE/ARPC/LIC/01/2005, referida a los Yacimientos del Mutún, por noventa (90) días calendario, a partir de la fecha de publicación del presente Decreto Supremo, con el objetivo de mejorar a favor del Estado las condiciones del Pliego de Condiciones y el Contrato de la referida Licitación.


Los Señores Ministros de Estado, en los Despachos de Desarrollo Económico encargado de la Producción y Microempresas, Desarrollo Sostenible encargado de la Planificación del Desarrollo y de Hacienda quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de febrero del año dos mil seis.
Fdo. EVO MORALES AIMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alicia Muñoz Alá, Walker San Miguel Rodríguez, Luis Alberto Arce Catacora, Carlos Villegas Quiroga, Celinda Sosa Lunda, Salvador Ric Riera, Andrés Solíz Rada, Félix Patzi Paco, Nila Heredia Miranda, Santiago Alex Gálvez Mamani, Hugo Salvatierra Gutiérrez, Walter Villarroel Morochi, Casimira Rodríguez Romero, Abel Mamani Marca.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 28621, 19 de febrero de 2006
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe Dispone la postergación del proceso de Licitación Pública Internacional Nº MDE/ARPC/LIC/01/2005, referida a los Yacimientos del Mutún, por noventa (90) días calendario.
KeywordsGaceta 2861, 2006-02-20, Decreto Supremo, febrero/2006
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26126
Referencias2006.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AIMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alicia Muñoz Alá, Walker San Miguel Rodríguez, Luis Alberto Arce Catacora, Carlos Villegas Quiroga, Celinda Sosa Lunda, Salvador Ric Riera, Andrés Solíz Rada, Félix Patzi Paco, Nila Heredia Miranda, Santiago Alex Gálvez Mamani, Hugo Salvatierra Gutiérrez, Walter Villarroel Morochi, Casimira Rodríguez Romero, Abel Mamani Marca.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-28473] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28473, 2 de diciembre de 2005
Ordenar en un texto único las disposiciones legales relativas al desarrollo del Polo del Sud Este Boliviano y de los yacimientos mineralógicos del Mutún.

Referencias a esta norma

[BO-DP-28632] Bolivia: Decreto Presidencial Nº 28632, 8 de marzo de 2006
Establecer disposiciones adicionales en relación al proceso de Licitación Pública Internacional del Proyecto Siderúrgico del Mutún.
[BO-DS-28705] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28705, 5 de mayo de 2006
Aprobar el Pliego de Condiciones y Contrato de la Licitación Pública Internacional Nº MDE/ARPC/LIC/01/2005 del Proyecto Siderúrgico del Mutún, con todas las modificaciones, enmiendas y mejoras incorporadas por la Comisión Interministerial.
[BO-DS-29212] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29212, 31 de julio de 2007
Homologa la Resolución Administrativa de Adjudicación de la Licitación Pública Internacional Nº 018 de 22 de septiembre de 2006, así como el texto integro del contrato y sus siete (7) Anexos, para la exploración, explotación minera, concentración, peletización, reducción directa, aceración, industrialización y comercialización de productos metalúrgicos y siderúrgicos, obtenidos de minerales de hierro del yacimiento Mutún, suscrito entre la Empresa Siderúrgica del Mutún - ESM y la Empresa Jindal Steel Bolivia S.A., subsidiaria de la Empresa Jindal Steel & Power Limited, en los términos de su redacción y condiciones establecidas.

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