Bolivia: Decreto Supremo Nº 28249, 14 de julio de 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la Ley Nº 2042 de 21 de diciembre de 1999 - Ley de Administración Presupuestaria permite realizar modificaciones presupuestarias instrainstitucionales e interinstitucionales de acuerdo a lo previsto en el “Reglamento de Modificaciones Presupuestarias”, siempre y cuando no se contravenga el aumento total del gasto agregado, se incremente el grupo de gastos 10000 “Servicios Personales” y se traspasen recursos de apropiaciones presupuestarias destinadas a proyectos de inversión a otros gastos.
  • Que el alcance de la Ley Nº 3058 de 17 de mayo de 2005 - Ley de Hidrocarburos, publicada en la Gaceta Oficial de Bolivia el 19 de mayo de 2005, requiere ser reglamentada respecto de todas las actividades que contempla.
  • Que el Ministerio de Hidrocarburos es la entidad competente para normar y crear políticas en materia hidrocarburífera a nivel nacional, conforme lo establece la Ley Nº 2446 de 19 de marzo de 2003 - Ley de Organización del Poder Ejecutivo.
  • Que el Ministerio de Hidrocarburos requiere la contratación de consultores especializados para coadyuvar en la gestión técnica de la entidad y en la elaboración de los Reglamentos de la Ley de Hidrocarburos.
  • Que el Ministerio de Hidrocarburos no cuenta con suficientes fondos en su presupuesto para realizar la contratación de consultores de línea, razón por la cual, se recurrió al Tesoro General de la Nación para solicitar un traspaso presupuestario interinstitucional con fondos provenientes de imposición de penalidades por concepto de quema de hidrocarburos realizada en exceso, actividad que se encuentra bajo responsabilidad del Ministerio de Hidrocarburos.
  • Que mediante Resolución Ministerial Nº 094/2005 de 3 de junio de 2005, se refrendó el Informe Técnico DAF Nº 051/2005 y el Informe Legal DAJ Nº 112/2005, referidos a la aprobación para el traspaso presupuesto interinstitucional ante el Ministerio de Hacienda, labor encomendada a la Dirección General de Asuntos Administrativos de la entidad.
  • Que mediante Nota DPP/CE-1619/V-1992/D-1571/2005 de 16 de junio de 2005, el Viceministro de Presupuesto remite el Informe DPP/181/2005 a fin de dar continuidad al procedimiento de transferencia de recursos para permitir la gestión y reglamentación de la nueva Ley de Hidrocarburos.
  • Que a través del Informe Técnico DPP/181/2004 de 9 de junio de 2005, el Viceministerio de Presupuesto concluye que existen los fondos requeridos depositados en cuentas del Tesoro General de la Nación, considerando procedente la solicitud de refuerzo presupuestario para la Partida 25200 “Estudios e Investigaciones” por Bs.2.696.000.- (DOS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS mil 00/100 BOLIVIANOS).
  • Que la política de austeridad del Gobierno Nacional y la carencia de fondos suficientes en el Tesoro General de la Nación, impiden la contratación de mayor personal administrativo en las entidades públicas, razón por la cual, deben buscarse otras fuentes de recursos para evitar que las actividades de las entidades se vean afectadas.
  • Que el Presupuesto General de la Nación para la Gestión 2005, en su Artículo 5 dispone que los consultores de línea deberán tener relación de dependencia directa con la entidad, siendo contratados sólo con recursos públicos para ejercer y cumplir funciones específicas previstas en el Plan Operativo Anual de la Entidad.
  • Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica - CONAPE en fecha 13 de julio de 2005.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.- Se aprueba el incremento de la Partida 25200 “Estudios e Investigaciones” en el presupuesto del Ministerio de Hidrocarburos, por el monto de Bs.2.696.000.- (DOS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS mil 00/100 BOLIVIANOS), financiado mediante el traspaso presupuestario interinstitucional realizado por el Tesoro General de la Nación.


El Señor Ministro de Estado en el Despacho de Hidrocarburos queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de julio del año dos mil cinco.
Fdo. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Irma Elizabeth Peredo Obleas, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Mario Candia Moya Ministro Interino de Hidrocarburos, Celestino Choque Villca Ministro Interino de Educación, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Rivera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 28249, 14 de julio de 2005
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba el incremento de la Partida 25200 “Estudios e Investigaciones” en el presupuesto del Ministerio de Hidrocarburos, por Bs. 2.696.000 , financiado mediante el traspaso presupuestario interinstitucional realizado por el Tesoro General de la Nación.
KeywordsGaceta 2770, 2005-07-19, Decreto Supremo, julio/2005
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25754
Referencias2005.lexml
CreadorFdo. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Irma Elizabeth Peredo Obleas, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Mario Candia Moya Ministro Interino de Hidrocarburos, Celestino Choque Villca Ministro Interino de Educación, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Rivera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2042] Bolivia: Ley de Administracion Presupuestaria, 21 de diciembre de 1999
Ley de Administracion Presupuestaria. Publicada en Gaceta Oficial de Bolivia N° 2193
[BO-L-2446] Bolivia: Ley de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE), 19 de marzo de 2003
Ley de Organización del Poder Ejecutivo
[BO-DS-27230] Bolivia: Adecuaciones y complementaciones a la estructura del Poder Ejecutivo, DS Nº 27230, 31 de octubre de 2003
ADECUACIONES Y COMPLEMENTACIONES A LA ESTRUCTURA DEL PODER EJECUTIVO.
[BO-L-3058] Bolivia: Ley de Hidrocarburos, 17 de mayo de 2005
Ley de Hidrocarburos

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